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15/Feb/07 15:59
DEDUCCION DE GASTOS DE TELEFONO

Hola buenas tardes:

Les agradecere mucho sus comentarios respecto a la siguiente duda que tengo:

Una SA de nueva creacion, renta una bodega a una persona fisica.
En dicha bodega existe una linea de telefono a nombre de la persona fisica (Arrendador).

La duda es la siguiente:

¿Puede la SA deducir el gasto del servicio telefonico si los recibos van a llegar a nombre de la persona fisica (Arrendador)?

¿Que se puede hacer para deducir el gasto del servicio de telefono?

Gracias por sus comentarios
 
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CARAS
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15/Feb/07 16:26
Re: DEDUCCION DE GASTOS DE TELEFONO

Para empezar asi como lo comentas si es deducible puesto que es necesario este servicio para realizar tu actividad y mas si se contemplo en el contrato de arrendamiento la existencia de la linea,pero para mayor seguridad te recomiendo le cambies de nombre la linea y ponle el de la S.A.
 
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JALEMP
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15/Feb/07 17:47
Re: DEDUCCION DE GASTOS DE TELEFONO

Yo veo que a pesar de que el gasto es estrictamente indispensable, el comprobante no cumple con requisitos de deducibilidad por lo cual no es válido para efectos fiscales.
 
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CP_PACO
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15/Feb/07 21:36
Re: DEDUCCION DE GASTOS DE TELEFONO

Les agradezco mucho sus comentarios.

Gracias y buenas noches
 
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CARAS
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