15/Feb/07 12:30
Re: Crédito al Salario
[quote:6ea3ebf6e5="tpalacio"]Estimados Colegas.
Me pueden ayduar con lo siguiente:
Tengo un ejemplo con
Impuesto 100
-Subsidio 50
=ISR a CARGO 50
-Crédito al salario 200 que le corresponde según tabla art 115
=Imp a favor 150
Mi duda es la siguiente de los otros 150 pesos que no se utilizaron en el crédito al salario, quedan como pendiente de acreditar para meses posteriores o ejercicios posteriores.
Esto es lo que se entendería como CAS en Efectivo.
Gracias[/quote:6ea3ebf6e5]
En el cálculo anual no puedes tener saldo a favor por CAS, quedarias en ceros ni a cargo ni a favor. Esos $150 seguramente ya se los diste al trabajador en el transcurso del año.
[color=red:6ea3ebf6e5]Checa la fracción III del artículo 117 de la LISR[/color:6ea3ebf6e5]
¡¡ juntos damos soluciones !!