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08/Feb/07 16:40
ACTIVIDAD EMPRESARIAL???

PUEDE QUE SEA UNA PREGUNTA DEMASIADO OVBIA PARA UDS. PERO SOY UN TANTO INEXPERTO EN ESTE AMBITO:

UNA PERSONA FISICA QUE SE DEDICA A LA ELABORACION DE DE ARTICULOS DE IMPRENTA: TARJETAS DE PRESENTACION, CALENDARIOS, ANUNCIOS, ETC. TRIBUTA EN EL REGIMEN DE ACT EMPRESARIALES? ESTA OBLIGADO A LLEBAR CONTABILIDAD?
 
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marko_villanueva
Cabo

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08/Feb/07 17:14
Re: ACTIVIDAD EMPRESARIAL???

actividades empresariales si es regimen general de ley, si
si es intermedio solo libro de ingresos, y deducciones,,,,cerciorate en cual esta
 
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marycasey
Sargento Primero

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08/Feb/07 17:14
Re: ACTIVIDAD EMPRESARIAL???

NO, SI CUMPLE CON LOS REQUISITOS DEL ART. 134, ESTÁ OBLIGADO SOLAMENTE A LO SIGUIENTE:

Artículo 134. Los contribuyentes personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales , cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por dichas actividades no hubiesen excedido de $4’000,000.00, aplicarán las disposiciones de la Sección I de este Capítulo y podrán estar a lo siguiente:

Libro de ingresos , egresos, inversiones y deducciones [/b:35634ce210]

I. Llevarán un solo libro de ingresos , egresos y de registro de inversiones y deducciones , [b:35634ce210]en lugar de llevar la contabilidad a que se refiere la fracción II del artículo 133 de esta Ley.
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
General de Brigada

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08/Feb/07 17:24
Re: ACTIVIDAD EMPRESARIAL???

Buenas tardes :

Actividades empresariales[/b:2281059030]

Los ingresos ene ste regimen y profesionales SE ACUMULAN hasta el momento del cobro, y las deducciones se hacen de manera similar HASTA EL momento de pagarlas o pago efectivo.

[b:2281059030] Deducciones

[u:2281059030]el art 125 [/u:2281059030]estable como requisito de las deducones el que " [u:2281059030]hayan sido efectivamnete erogadas [/u:2281059030]" en el ejercicio de que se trate y que se considere efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo, [u:2281059030]mediante traspasos de cuentas en instituciones de credito casas de bolsa, en servicios o en otros bienes que no sean titulos [/u:2281059030]

[u:2281059030]Tratandose de pagos con cheque[/u:2281059030], se considerara efectivamente erogados en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes [u:2281059030]transmitan cheques[/u:2281059030] a un tercero, etc, etc.

el segundo del mismo art cuando [u:2281059030]los pagos[/u:2281059030] se efectuen con [u:2281059030]cheque, la deduccion se efectuara en el ejercicio [/u:2281059030]en que este se
cobre

- el art 124 de la LISR te emnciona sobre la deduccion de inversiones
- el art 123 de LISR dispone o te menciona sobre las devoluciones, descuentos o bonificaciones.
- el art 130 de la LISR menciona como DEBES DE CALCULAR o determinar la base del impuesto.

En base a lo anterior.. CREES QUE ESTOS O DICHOS CONTRIBUYENTES ( actividad empresarial ) LLEVEN CONTABILIDAD ??.
 
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memo
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08/Feb/07 21:41
Re: ACTIVIDAD EMPRESARIAL???

[quote:d1a72aa295="memo"]Buenas tardes :

Actividades empresariales[/b:d1a72aa295]

[color=red:d1a72aa295]Los ingresos ene ste regimen y profesionales SE ACUMULAN hasta el momento del cobro, y las deducciones se hacen de manera similar HASTA EL momento de pagarlas o pago efectivo.[/color:d1a72aa295] [b:d1a72aa295]

[color=red:d1a72aa295]Deducciones[/color:d1a72aa295]

[color=red:d1a72aa295] [u:d1a72aa295]el art 125 [/u:d1a72aa295]estable como requisito de las deducones el que " [u:d1a72aa295]hayan sido efectivamnete erogadas [/u:d1a72aa295]" en el ejercicio de que se trate y que se considere efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo, [u:d1a72aa295]mediante traspasos de cuentas en instituciones de credito casas de bolsa, en servicios o en otros bienes que no sean titulos [/u:d1a72aa295]

[u:d1a72aa295]Tratandose de pagos con cheque[/u:d1a72aa295], se considerara efectivamente erogados en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes [u:d1a72aa295]transmitan cheques[/u:d1a72aa295] a un tercero, etc, etc.

el segundo del mismo art cuando [u:d1a72aa295]los pagos[/u:d1a72aa295] se efectuen con [u:d1a72aa295]cheque, la deduccion se efectuara en el ejercicio [/u:d1a72aa295]en que este se
cobre

- el art 124 de la LISR te emnciona sobre la deduccion de inversiones
- el art 123 de LISR dispone o te menciona sobre las devoluciones, descuentos o bonificaciones.
- el art 130 de la LISR menciona como DEBES DE CALCULAR o determinar la base del impuesto.[/color:d1a72aa295]

En base a lo anterior.. CREES QUE ESTOS O DICHOS CONTRIBUYENTES ( actividad empresarial ) LLEVEN CONTABILIDAD ??.[/quote:d1a72aa295]


[color=red:d1a72aa295]????????????????[/color:d1a72aa295]
 
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CHAVALON
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09/Feb/07 9:19
Re: ACTIVIDAD EMPRESARIAL???

[quote:4a488df841="marko_villanueva"]PUEDE QUE SEA UNA PREGUNTA DEMASIADO OVBIA PARA UDS. PERO SOY UN TANTO INEXPERTO EN ESTE AMBITO:

UNA PERSONA FISICA QUE SE DEDICA A LA ELABORACION DE DE ARTICULOS DE IMPRENTA: TARJETAS DE PRESENTACION, CALENDARIOS, ANUNCIOS, ETC. TRIBUTA EN EL REGIMEN DE ACT EMPRESARIALES? ESTA OBLIGADO A LLEBAR CONTABILIDAD?[/quote:4a488df841]

Como premisa, ¿actualmente ya esta registrado en el RFC?, lo digo porque dices que se dedica, ello induce a pensar que ya esta dado de alta en el RFC, si es así conviene nos comentes en que regimen fiscal se encuentra tributando, ya como los compañeros lo expusieron, si es de la sección I (regimen general) obligado a contabilidad formal, si es de la sección II (regimen intermedio) libro de ingresos, egresos y registro de inversiones y deducciones...

En caso de no estar dado de alta en el RFC y si la pregunta va a encaminada a conocer que regimen le ofrece mayores facilidades para el proceso de su información, de entrada se puede explorar el regimen intermedio, con la condicionante del ingreso... Igualmente en el evento de que su segmento de clientes no le requieran un comprobante fiscalmente requisitado para su deducción, puede incluso contemplar el darse de alta como REPECO, olvidandose por completo de la contabilidad como tal...

Por cierto, si la duda existe lo absurdo es quedarse con ella.

Saludos.
 
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sosgtorreon
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09/Feb/07 11:10

HASTA DONDE SE, Y POR AHI ANDA EL FUNDAMENTO, LOS QUE SEAN IMPRENTAS AUTORIZADAS .......DEBEN DE TRIBUTAR EN EL "REGIMEN GENERAL" LLAMADO ASI ANTIGUAMENTE......NO PUEDEN TRIBUTAR E EL INTERMEDIO

SALUDOS
 
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lobozac
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09/Feb/07 11:15

Requisitos para ser impresor autorizado de comprobantes fiscales.


Presentar escrito de solicitud de autorización ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, el cual debe reunir los requisitos señalados en el artículo 18 del Código Fiscal de la Federación:


Nombre, denominación o razón social, Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y domicilio fiscal de quien solicita la autorización.
El escrito debe dirigirse a la Administración Local Jurídica o a la Administración Central Jurídica de Grandes Contribuyentes, según corresponda, indicando que se solicita autorización para ser impresor autorizado de comprobantes fiscales.
En su caso, el domicilio para recibir notificaciones y el nombre de la persona autorizada para recibirlas.
Firma del interesado o de su representante legal.
Informar si se encuentra sujeto al ejercicio de facultades de comprobación por parte de la SHCP o por las entidades federativas; señalando periodos y contribuciones omitidas.
Indicar si los hechos o circunstancias han sido planteados ante autoridad fiscal distinta a la que recibió la promoción y en su caso el sentido de la resolución.
Declarar en el mismo escrito que:

I. Es un contribuyente que tributa según la Ley del ISR en los siguientes Títulos:
i. Título II para Personas Morales
ii. Título IV, Capítulo II, Sección I para Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales
Excepciones: Ver el párrafo segundo del rubro B de la regla 2.4.8 de la resolución Miscelánea Fiscal para 2006.

II. Su actividad preponderante es la impresión y encuadernación de documentos.

III. Que cuenta con Firma Electrónica Avanzada. (anexar copia del comprobante de generación del certificado)

IV. Bajo protesta de decir verdad que:

i. Cuenta con acceso a Internet y
ii. Tiene maquinaria y equipo ubicado en el domicilio donde realizará la impresión de los documentos fiscales.


Adicionalmente debe anexar los siguientes documentos al escrito de solicitud:

1. Copia certificada del o de los documentos que amparen la propiedad o legítima posesión de la maquinaria y equipo necesario para la impresión de comprobantes, así como del equipo de cómputo.

2. En caso de representación legal (Personas Morales) debe anexar copia del documento notarial que ampara la representación del firmante.






Servicio de Administración Tributaria, México.
 
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lobozac
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09/Feb/07 15:45
Re: ACTIVIDAD EMPRESARIAL???

Cierto tu dicho hermano lobo, lo de sugerir contemplar lo de Intermedio o incluso REPECO es debido a lo que se expone en el mensaje original como actividad, en la que el compañero Marko no dice que sea "imprenta autorizada", incluso si revisamos no menciona la impresión de facturas o comprobantes fiscales... claro, igual en el etc. que pone van contemplados los comprobantes fiscales, en cuyo caso tu comentario viene pero como anillo al dedo... y la respuesta concreta a su planteamiento sería que tiene obligación de llevar contabilidad formal...[/b:1931f59efb]
[quote:1931f59efb="marko_villanueva"]PUEDE QUE SEA UNA PREGUNTA DEMASIADO OVBIA PARA UDS. PERO SOY UN TANTO INEXPERTO EN ESTE AMBITO:

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sosgtorreon
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