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08/Feb/07 9:49
¿se podra deducir este Camion de $900,000.00?

Un saludo para todos......

Tengo un caso medio complejo para mi...ojala y ustedes me puedan ayudar.......


Un contribuyente va a iniciar operaciones....n el regimen intermedio (persona fisica).como...Transporte de carga terrestre " (fletea animales vivos de veracruz, chiapas...etc...a oaxaca)....

compro su carrito de $800,000.00...a credito...pero a crdito.....por ese lado esta bien....la situacion es que habrio una cuenta fiscal..en el banco....y de esta cuenta pago solo una parte del enganche...mas o menos unos $100,000.00 con ch. a nombre de la agencia y unos 200,000.00 en efectivo..asi mismo en efectivo..pago la plataforma del carrito...que costo..$50,000.00

mi pregunta....¿puedo deducirlo ya sea medante depreciacion o deduciion inmediata....por la forma en que pago en anticipo del mismo?
 
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luna
Soldado

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08/Feb/07 10:56
Re: ¿se podra deducir este Camion de $900,000.00?

DE BUENAS A PRIMERAS TE PUEDO DECIR QUE LOS GASTOS O INVERSIONES MAYORES A $2000 SE DEBEN PAGAR CON CHEQUE.
AHORA BIEN, DICES QUE SOLO PAGO $100,000 DE UNA CTA FISCAL Y EL DINERO QUE PAGO EN EFECTIVO DE DONDE LO SACO? TIENE OTRA CUENTA?
 
"LO QUE LOGREMOS SER COMO CONTADORES; SERA RESULTADO DE LA MANERA EN QUE HAYAMOS DECIDIDO VIVIR NUESTRA PROFESION"
 
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dija9
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08/Feb/07 11:58
Re: ¿se podra deducir este Camion de $900,000.00?

Checate el articulo 220 y 221 de isr en el titulo VII de los estimulos fiscales a ver si puedes aplicarlo.gracias.
 
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JALEMP
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08/Feb/07 12:06
Re: ¿se podra deducir este Camion de $900,000.00?

gracias..por sus comentarios hasta ahora..pero esta inicienado operaciones....es una persona comun y corriente..no se de donde saco su dinero....pero me imagino que algun ahorrito....que le envio su marido de estados unidos.......
 
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luna
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08/Feb/07 17:31
Re: ¿se podra deducir este Camion de $900,000.00?

MMMM bueno,sobre el origen del dinero que el fisco lo cuestione esperemos y que no, solamente informale de los procedimientos que debe de seguir paara que en el futuro no tenga problemas y por otro lado debe haber una forma de capitalizar o registrar como apoprtacion de capital o a patrimonio el dinero en efectivo,y para el fisco es lo mismo cualquier conytribuyente inicie actividades o sea comun y corriente a el le vale quienes sean lo que le importa es que contribuya,por eso te comento analisa los articulos que te mencione en mi comentario anterior.gracias. :oops:
 
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JALEMP
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08/Feb/07 18:28
Re: ¿se podra deducir este Camion de $900,000.00?

Buenas tardes o Noches:


deduccion Inmediata

La ley dispone que : en el caso de activos fijos por los que se ubiera OPTADO por efectuar la deduccion inmediata, se considerara como saldo por deducir, el que hubiera correpondido de no haber OPTADO por dicha deduccion, en cuyo caso se aplicaran los porcientos maximos de deduccion autorizados en los art respectivos, deacuedo con el tipo de que se trate.

bien. como se sabe la deduccion inmediata de bienes consiste en aplicar un porcentaje de deduccion substancialmente mayor al porcentaje de deduccion anual llamemosla " normal " y esto lleva a que el valor del activo sea menor y en consecuencia disminuya la base del impuesto y debido a ello, se establece en ley que en el caso de haberse aplicado deduccion inmediata se considere el valor de los bienes como si la tasa que se hubiera aplicado en cada año hubiese sido la normal.
 
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memo
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08/Feb/07 21:49
Re: ¿se podra deducir este Camion de $900,000.00?

memo escribió:

[color=red:ee4f4cfdd9]Buenas tardes o Noches:


deduccion Inmediata

La ley dispone que : en el caso de activos fijos por los que se ubiera OPTADO por efectuar la deduccion inmediata, se considerara como saldo por deducir, el que hubiera correpondido de no haber OPTADO por dicha deduccion, en cuyo caso se aplicaran los porcientos maximos de deduccion autorizados en los art respectivos, deacuedo con el tipo de que se trate.

bien. como se sabe la deduccion inmediata de bienes consiste en aplicar un porcentaje de deduccion substancialmente mayor al porcentaje de deduccion anual llamemosla " normal " y esto lleva a que el valor del activo sea menor y en consecuencia disminuya la base del impuesto y debido a ello, se establece en ley que en el caso de haberse aplicado deduccion inmediata se considere el valor de los bienes como si la tasa que se hubiera aplicado en cada año hubiese sido la normal


????????????[/color:ee4f4cfdd9]
 
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CHAVALON
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21/Feb/07 15:31

Tu problemas..y no pude darle seguimiento aus respuestas.......que de verdad les agradesco...pero sigo en a misma....insertidumbre..por la pregunta que les fomule al principio..

....¿puedo deducirlo ya sea medante depreciacion o deduciion inmediata....por la forma en que pago en anticipo del mismo?

ya..que lo que mi duda encierra es ¿se puede deducir un bien que se compra...pagando.. en efectivo una parte y otra con cheque?

ya que ....de un total a pagar de $300,000.00 ....$100,000.00 se pagan en efectivo y los $200,000.00 con cheque para abono en cueta.......

de antemano se sabe que los gastos mayores a $2,000.00 deben de hacerse con cheuqe y con la leyenda para abono en cuenta del beneficiario..pero me gustaria que ustedes me den su opinion..ya que los pagos subsecuentes de las letras del credito del camion en comento...se pagaran con cheque.....
 
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luna
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21/Feb/07 15:56

Y LOS TOPES DE LEY ?

SALUDOS
 
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lobozac
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21/Feb/07 17:13
Re: ¿se podra deducir este Camion de $900,000.00?

De acuerdo a lo que comentas de que si es deducible el camion yo considero que si lo puedes hacer nada mas que lo que pagaste en efectivo lo debes de considerar como aportacion como lo menciona JALEMP además de documentarlo como la procedencia del efe, ahora el art 220 que habla de la deducción inmediata de este tipo de vehículos en la fracc II inciso o) te da el porciento que puedes aplicar, por otro lado el art 40 también te marca la tasa de depreciación en estos activos, y por último este tipo de invisiones no marca tope de adquisión solo lo marca el art 42 pero para automoviles.

salu2
 
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JuanEnriquez
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