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31/Ene/07 18:56
seguro de gastos funerarios

Si una persona fisica con actividad empresarial,paga un seguro de gastos funerarios por un año, pero no se llevo a cabo el servicio,lo puede deducir como gastos personales en se dec.anual? De antemano gracias por su apoyo.
 
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JALEMP
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01/Feb/07 8:43
Re: seguro de gastos funerarios

Creeme que no habia escuchado un seguro para gastos funerarios.

El unico concepto que connozco es el que marca en relacion al Art. 500, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, donde establece que cuando el riesgo de trabajo traiga como consecuencia la muerte del trabajador, la indemnización correspondiente comprenderá dos meses de salario por concepto de gastos funerarios.

Pero pagar un seguro por un gasto funerario, no lo habia escuchado, de verdad.
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
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01/Feb/07 9:29
Re: seguro de gastos funerarios

No es deducible.

Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
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01/Feb/07 10:04

Los gastos funerarios a futuro son deducibles como deducción personal, al momento en que se hagan efectivos, iba a poner "cuando se disfruten" pero creo que no aplica el concepto...

Se sugiere revisar 176-II de LISR y 241 de RLISR...

Por cierto, a mi juicio hay una laguna en dicha partida, esto al no contemplar el RLISR o LISR que la prima pagada pueda ser sujeta a actualización, lo que es a todas luces injusto...

Supongamos se adquieren servicios funerarios a futuro en el año 1980, por un monto de 750.00 (en pesos actuales) y no se hace uso de dicho servicio si no hasta 2006, el contribuyente podrá deducir el monto pagado, los 750.00, pero ¿y la inflación?, al menos debierá permiterse actualizar hasta el monto de 1 SMGAG... ¿Alguien sabe algo al respecto?...

Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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01/Feb/07 12:19
Re: seguro de gastos funerarios

COINCIDO CON JUANCARM, EN MI OPINIÓN NO SON DEDUCIBLES.

LA FRACC. II DEL ART. 176 MENCIONA "GASTOS" DE FUNERALES, NO SEÑALA "PRIMAS DE SEGURO" DE GASTOS FUNERARIOS.

LAS ÚNICAS "PRIMAS" DE SEGUROS, LOS CONTEMPLA LA FRACC. VI DEL CITADO ARTICULO Y ES DE GASTOS MÉDICOS.
 
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CHAVALON
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05/Feb/07 14:34
Re: seguro de gastos funerarios

Probablemente no me explique bien [u:612c4450d0]aruiz[/u:612c4450d0],una empresa funeraria me ofrece paquetes a prevision de servicios funerarios,yo como empresa que tengo aprox,300 trabajadores me interesa para hacerlos deducibles en el momento que yo se los pague,el detalle es que este contrato seria por un año con opcion a renovar,sino tuve ningun evento en el periodo del contrato (un año)de cualquier manera ya se lo pague a la empresa funeraria de esa manera considero que funciona como un seguro,y busco la manera de hacerlo deducible porque ya lo pague y lo tengo contemplado como prestacion a mis trabajadores dentro del contrato colectivo,por otro lado estoy de acuerdo en lo que dice el art.176-II de I.S.R y 241 del Reglamento de la misma que menciona que es deducible hasta que se presta el servicio y en la declaracion anual,insisto si le doy el tratamiento de prevision social lo puedo hecer deducible en el momento que lo pago?saludos a todos y espero su comentario fundamentado,muy valido tu comentario [u:612c4450d0]sosgtorreon [/u:612c4450d0]gracias
 
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JALEMP
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06/Feb/07 9:49

Asi como lo planeteas, SI es deducible, por ser gasto de prevision social
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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06/Feb/07 10:59

Dando el trato que comentas en esta segunda participación, pues se da un giro de 180 grados...

Debido a que ya no estamos hablando de deducciones personales de contribuyentes persona física, si no de una prestación que un patrón va a otorgar a sus trabajadores...

Ahora bien, me queda la inquietud de si el concepto como tal (lo que se va a comprar) pueda ser considerado como "previsión social"... ya que si bien tiene como finalidad la de cubrir "contingencias futuras" de los trabajadores, con lo que queda encuadrado en el último párrafo del 8 de LISR, lo que veo como un hecho es que no se le va a entregar al trabajador...

Aclarando, si veo factible su deducción...

Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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06/Feb/07 14:47
Re: seguro de gastos funerarios

Gracias vabdo igual para sosgtorreon,que tengan buen dia :D
 
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JALEMP
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06/Feb/07 18:30
Re: seguro de gastos funerarios

Pues ya ni chance me dieron de responder, vabdo[/b:43c3b26101] y [b:43c3b26101]sosgtorreon, ya te comentaron lo que se tenia que decir.
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
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