31/Ene/07 11:01
informativa de clientes y proveedores
Hola:
En el caso de que tengo la obligación de presentarla, pero el importe de operaciones con mis clientes ninguno es por mas de $50,000.00, que hago? la presento con los mas significativos? ,e podrían dar su opinión.
Mil gracias..
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floriux
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31/Ene/07 11:05
Re: informativa de clientes y proveedores
puedes no relacionar ningun clientes y proveedor....yo en lo personal anoto solo uno ,el de mayor cantidad
MLUNA.
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mluna
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31/Ene/07 11:21
Re: informativa de clientes y proveedores
Hola
Creo que para cumplir la obligacion existe una opcion en el DIM, de presentarla SIN datos, por lo que se enciente que la preseantas pero sin información.
estas cumpliendo con la obligación de presentarla, pero así mismo se entiende que no tienes operaciones mayores de 50mil
Creo qeu la opcion mas conservadora es la del compalñero floriux
saludos
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AlexLopez
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31/Ene/07 11:54
Re: informativa de clientes y proveedores
MUCHAS GRACIAS AMIGOS FORISTAS LES ANEXO ALGO QUE ENCONTRE EN LA PAGINA DEL SAT.
SALUDOS.
Actualización: 15/enero/2007, información vigente.
Declaración de operaciones con clientes y proveedores
Las personas morales y las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, así como las del Régimen Intermedio, por el ejercicio fiscal de 2006, deben proporcionar la información de las operaciones realizadas con sus clientes y proveedores.*
No se tiene que presentar dicha información por operaciones inferiores a 50,000 pesos anuales.
* Esta información se debe proporcionar en medios magnéticos (programa Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos, DIMM).
Servicio de Administración Tributaria, México.
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floriux
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31/Ene/07 12:24
Re: informativa de clientes y proveedores
LISR Art. 86[/b:131eb5ffda]. Otras obligaciones
Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:
[b:131eb5ffda]VIII. Presentarán a más tardar el día 15 de febrero de cada año la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario inmediato anterior con clientes y proveedores mediante la forma oficial que para tal efecto expidan las autoridades fiscales. Para estos efectos, [color=blue:131eb5ffda][size=18:131eb5ffda]los contribuyentes no se encuentran obligados a proporcionar la información de clientes y proveedores con los que en el ejercicio de que se trate, hubiesen realizado operaciones por montos inferiores a $50,000.00. [/size:131eb5ffda][/color:131eb5ffda]
Alejandro Gamborino
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aruiz
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31/Ene/07 15:33
Re: informativa de clientes y proveedores
Oigan colegas, y que pasa aun con el parrafo final de esa fraccion:
Independientemente de la obligación prevista en los dos párrafos anteriores, la información a que se refiere esta fracción podrá ser solicitada por las autoridades fiscales en cualquier tiempo, después del mes de febrero del año siguiente al ejercicio al que corresponda la información solicitada, sin que dicha solicitud constituya el inicio de las facultades de comprobación a que se refiere el Código Fiscal de la Federación. Para estos efectos, los contribuyentes contarán con un plazo de 30 días hábiles para entregar la información solicitada, contados a partir de la fecha en la que surta efectos el requerimiento respectivo.
Es decir, que podemos no presentarlo el 15, sin problema, o la obligacion para este año si es el 15 y no mas.
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constantino
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31/Ene/07 17:53
Re: informativa de clientes y proveedores
CONSTANTINO:
A MAS TARDAR EL 15 DE FEBRERO.
REVISA LA LIGA SIGUIENTE:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/orientacion_oe/declaracion_informativa/69_9094.html
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'
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CHAVALON
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01/Feb/07 15:08
Re: informativa de clientes y proveedores
Hablé al SAT y me dijeron que si no había cliente o proveedor mayor a 50,000 no se presenta la declaración
MLUNA.
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mluna
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01/Feb/07 15:26
CREO QUE HAY QUE DESTERRAR ESA NEFASTA COSTUMBRE DE "PRESENTAR, POR PRESENTAR", .........ES DECIR, ESO DE "DECLARAR UN PESO, DECLARAR AUN CUADO NO TENGA OBLIGACION.....PARA CUANDO EL SAT ME REVISE VEA QUE TENGO LA INTENCION DE CUMPLIR, Y ASI NO ME MULTE", ETC. ETC.
SI NO TIENES OPERACIONES MAYORES A 50 MIL.......NO TIENES OBLIGACION.........NI AUN EL DE MAS VALOR .......SOLO POR CUMPLIR
ME OBLIGO.......CUMPLO
NO ME OBLIGA........NO PRESENTO NADA
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
_______________________________
'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
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lobozac
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