EN 2006 SE ESPECIFICO QUE LAS DECLARACIONES DE IVA SE REALIZAN DE MANERA MENSUAL CONSIDERANDO EL PAGO COMO DEFINITIVO, SIN EMBARGO EN LA LEY NO SE OBSERVA EL PERIODO ESPECIFICO COMO TAL Y SIGUE REFIRIENDOSE AL ISR EN CUANTO A PERIODOS Y FECHAS, IGUALMENTE EL REGLAMENTO HABLA DE PAGOS PROVISIONALES.
DE AHI MI DUDA, SI EN AUDITORIA ME DETERMINAN AJUSTES QUE POR EL PERIODO DE PAGO REPERCUTEN EN EL MES DE ENERO, YO TENDRIA QUE PRESENTAR UNA COMPLEMENTARIA DE ESE MES PARA PAGAR LO QUE FALTO CON ACTUALIZACION Y RECARGOS
O ESE IVA DERIVADO DE AJUSTES LO INCLUYO CON EL IVA POR PAGAR DE DICIEMBRE?
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25/Ene/07 19:32
Re: COMPLEMENTARIA DE IVA?
TENDIRAS QUE PRESENTAR COMPLEMENTARIA PARA PAGAR LA DIFERENCIA DE ESE MES CON ACT. Y RECARGOS MAS LA MULTA POREL IMPUESTO OMITIDO YA QUE FUE POR DETERMINACION DE AUDITORIA, ESTO EN CADA UNO DE LOS MESES EN LOS CUALES SE PRESENTE DIFERENCIAS O RECHASOS DE DEDUCCIONES