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22/Ene/07 14:38
enajenacion de auto

hola, la cia compro un auto seminuevo a una agencia que a su vez le extendio la fact con el iva solamente de la comision que se llevo la agencia ya que ésta lo compro a una persona fisica, ahora se vendera el auto pregunta

- el iva que debemos de desglosar tendra que por el total de la venta?
porque al comprarlo se hizo acreditable solo el iva de la comision de la agencia no asi por el iva del precio del auto
 
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marielilino
Soldado

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22/Ene/07 14:40

El iva debe ser por el total de la venta.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
Teniente Coronel

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22/Ene/07 16:49
Re: enajenacion de auto

Buena tarde:

La respuesta la econtrará en el artículo 27 del nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, que señala lo siguiente:

Para los efectos del artículo 8o. de la Ley, para calcular el impuesto tratándose de la enajenación de automóviles y camiones usados, adquiridos de personas físicas que no trasladen en forma expresa y por separado el impuesto, se considerará como valor el determinado conforme al artículo 12 de la Ley, al que podrá restársele el costo de adquisición del bien de que se trate, sin incluir los gastos que se originen con motivo de la reparación o mejoras realizadas en los mismos. El impuesto que haya sido trasladado por dichas reparaciones o mejoras será acreditable en los términos y con los requisitos que establece la Ley.

Espero haberle ayudado
 
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viaggio
Soldado

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23/Ene/07 8:12

Viaggio.

Considero que en este caso no aplica el artículo 27 RIVA porque la empresa compro el autómovil a la agencia.

Sólo aplico cuando lo enajeno la agencia.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
Teniente Coronel

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23/Ene/07 11:10

Las agencias de automoviles y las empresas que se dediquen a compra-venta de automoviles.

Cuando compran un vehiculo usado, y se lo facturan, pueden acreditar en su factura, el importe que pagaron.
Es decir la factura de la agencia tendra solamente de IVA la diferencia entre la compra y la venta.

Pero en este caso, por lo que veo, parece que no le facturaron el vehiculo, sino que solamente le endosaron la factura, y cobraron comision al dueño original del vehiculo.

En conclusion, si debe facturar la Agencia, el vehiculo con el 100% de IVA, ya que en la factura original no tiene IVA para devolucion inmediata.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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