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03/Ene/07 10:40
ARRENDAMIENTO PF

Una persona fisica que hasta el año pasado (2006) recibio ingresos por rentar casa habitacion, y ahora en el 2007 la quiere vender, estaria exenta de ISR por ser casa habitacion?

Los recibos de servicios estan a su nombre, es propietaria del bien desde hace 9 años.

Gracias por sus comentarios.
 
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gerardoba
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03/Ene/07 12:17
Re: ARRENDAMIENTO PF

[quote:57de51e0cc="gerardoba"]Una persona fisica que hasta el año pasado (2006) recibio ingresos por rentar casa habitacion, y ahora en el 2007 la quiere vender, estaria exenta de ISR por ser casa habitacion?

Los recibos de servicios estan a su nombre, es propietaria del bien desde hace 9 años.

Gracias por sus comentarios.[/quote:57de51e0cc]

Hasta el ejercicio pasado la enajenación por venta de casa habitación era exenta al 100% de conformidad con el Art. 109 Fracc. XV inciso a), sin embargo con las reformas publicadas en Diciembre pasado, las enajenaciones por casa habitación son exentas por una cantidad que no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión y que sean formalizadas ante un Fedatario Público, por el excedente se determinará la ganancia y en su caso se calculará el impuesto anual y el pago provisional.

Se exceptúa de lo anterior, aquellas enajenaciones de casa habitación cuando se trate de segunda o posteriores enajenaciones en el mismo año de calendario. El límite establecido en el primer párrafo no será aplicable cuando el enajenante demuestre haber residido en la casa habitación durante los cinco años inmediatos a la enajenación.
 
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jjfarias
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03/Ene/07 12:57
Re: ARRENDAMIENTO PF

[quote:24a4e5cf30="gerardoba"]Una persona fisica que hasta el año pasado (2006) recibio ingresos por rentar casa habitacion, y ahora en el 2007 la quiere vender, estaria exenta de ISR por ser casa habitacion?

Los recibos de servicios estan a su nombre, es propietaria del bien desde hace 9 años.

Gracias por sus comentarios.[/quote:24a4e5cf30]

Dicha enajenación estaría exenta!!
El fundamento ya lo dio jjfarias
 
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04/Ene/07 8:55
Re: ARRENDAMIENTO PF

Gracias por sus opiniones y comentarios
 
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gerardoba
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04/Ene/07 9:13
Re: ARRENDAMIENTO PF

lo que entiendo es que no era su casa habitacion ya que la estaba rentando a otra persona, por lo que en sentido estricto no seria exenta de ISR ya que la ley especifica que tiene que ser la casa habitacion del contribuyente, y aqui mucha gente pregunta, Hacienda tiene manera de comprobar si era la casa habitacion del contribuyente? y en base a la respuesta pagan o no el impuesto.
 
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DCT1979
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04/Ene/07 12:36
Re: ARRENDAMIENTO PF

[quote:2d408146e2="DCT1979"]lo que entiendo es que no era su casa habitacion ya que la estaba rentando a otra persona, por lo que en sentido estricto no seria exenta de ISR ya que la ley especifica que tiene que ser la casa habitacion del contribuyente, y aqui mucha gente pregunta, Hacienda tiene manera de comprobar si era la casa habitacion del contribuyente? y en base a la respuesta pagan o no el impuesto.[/quote:2d408146e2]

El requisito para que se considere casa habitación es que presentes recibos de luz o telefono (art. 129 RISR), por lo demas al Notario no le va a importar que no haya sido realmente tu casa habitación.
8O
 
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04/Ene/07 13:23
Re: ARRENDAMIENTO PF

[quote:b44beda95b="Mem"][quote:b44beda95b="DCT1979"]lo que entiendo es que no era su casa habitacion ya que la estaba rentando a otra persona, por lo que en sentido estricto no seria exenta de ISR ya que la ley especifica que tiene que ser la casa habitacion del contribuyente, y aqui mucha gente pregunta, Hacienda tiene manera de comprobar si era la casa habitacion del contribuyente? y en base a la respuesta pagan o no el impuesto.[/quote:b44beda95b]

El requisito para que se considere casa habitación es que presentes recibos de luz o telefono (art. 129 RISR), por lo demas al Notario no le va a importar que no haya sido realmente tu casa habitación.
8O[/quote:b44beda95b]

Tienes razon, pero como bien lo comente en sentido estricto se deberia pagar impuesto por esa enajenacion, pero mientras se pueda eludir el pago....
 
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DCT1979
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04/Ene/07 15:22
Re: ARRENDAMIENTO PF

A partir de enero del 2007 el notario tiene la obligacion de pedir la autorizacion al SAT para considerar una enajenacion de casa habitacion como exenta.
 
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Cabo

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04/Ene/07 16:11

DCT1979.

Hasta el año pasado (2006) se cometieron muchos abusos con esta exención, muchos constructores vendieron mas de una casa, considerando que era su casa habitación.

Ahora (2007) sólo lo puedes aplicar a una enajenación por año.

Tienes toda la razon si no es tu casa habitación, debieras calcular el impuesto. Aunque dudo mucho que alguien lo haga.
 
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