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27/Dic/06 9:55
Automovil (Que problema le ven)

Estimados,

Como ustedes saben, a partir de siguiente año, la deducibilidad de los automoviles utilitarios bajara a 175,000 mxn. Debido a esto en la empresa, estamos en platicas con una agencia para comprar un automovil que sea facturado antes de la publicacion de la reforma y lo paguemos el 31 de Enero de 2007.

La pregunta es: Puedo tener problemas con los auditores? en el momento de que yo decida no registrar la factura del alta de activo fijo en el 2006 sino hasta 2007.

Saludos,
 
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dislas001
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27/Dic/06 10:21
Re: Automovil (Que problema le ven)

dislas001:

El día de hoy fue publicado en el DOF, DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan, entre otras disposiciones, de la Ley del Impuestos sobre la Renta, el Artículo 42 ....................................................
II. Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00.
[b]
TransitoriosPrimero. El presente Decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2007.


En el caso que planteas, ¿por qué no registrar el atomovil en 2006 para que puedas deducirlo con el limite vigente -si es lo que necesitan-, independientemente que lo pagues después?
 
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MARLA
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27/Dic/06 10:32
Re: Automovil (Que problema le ven)

Basicamente es por problemas de presupuesto, por autorización del coprporativo, entiendo claramente que me meteria en un problema con hacienda al no reportarle una alta en 2006.

Ya le di muchas vueltas y no tengo mas opción que registralo.

En caso de que reporte en el fiscal el alta en 2007 para que cheque con el financiero, sólo podria dedicir lo mencionado en la reforma publicada el dia de hoy.

No le encuentro otra salida
 
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dislas001
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27/Dic/06 10:32
Re: Automovil (Que problema le ven)

.... complemento mi apórtación con el compentario de Gi1berto en el topico fiscal "Deducción de autos...fecha de la factura"


[i:37bf74577c]Si el bien se adquiere en 2006 (asi sea el 30 de diciembre) el monto maximo deducible es de 300,000.

Incluso en el mismo dictamen aprobado por el Senado lo especifica:

Disposición Transitoria de la Ley del Impuesto sobre la Renta

ARTÍCULO QUINTO. En relación con las modificaciones a que se refiere el Artículo Tercero de este Decreto, se estará a lo siguiente:

I. Las inversiones en automóviles que los contribuyentes hubieran efectuado con anterioridad al 1 de enero de 2007, se deducirán en los términos de la fracción II del artículo 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente hasta el 31 de diciembre de 2006."

http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/?sesion=2006/12/20/1&documento=13[/i:37bf74577c]
 
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MARLA
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27/Dic/06 13:30
Re: Automovil (Que problema le ven)

hola a todos feliz navidad y que tengan un prospero año nuevo que todos sus deseos y anelos se hagan realidad.

bueno, la empresa en donde trabajo quiere adquirir un automovil y debido a la reforma sobre la deducibilidad yo opte por sacar el auto en arrendamiento financiero a un plazo de 3 años por lo que voy a deducir al 100 porciento el auto, que en este plan sale en mas de 300,000.00, a si la empresa no se descapitaliza con el enganche o efectivo y la misma empresa lo paga a largo plazo. como ven mi opcion?
 
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FEY
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27/Dic/06 14:52

Arrendamiento financiero es como si lo compraras a crédito, sólo aplica en 2007 la deducción (depreciación) hasta 175mil pesos.

Arrendamiento puro es diferente, el monto de los pagos se va gastos, con un tope de $250.00 diarios.
 
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01/Ene/07 8:57

[quote:621c0c1b3f="Mem"]Arrendamiento financiero es como si lo compraras a crédito, sólo aplica en 2007 la deducción (depreciación) hasta 175mil pesos.

Arrendamiento puro es diferente, el monto de los pagos se va gastos, con un tope de $250.00 diarios.[/quote:621c0c1b3f]y de de deduccion de la gasolina , ¿ que me pudes comentar?
 
saludos
 
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losejo
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01/Ene/07 9:00

[quote:86def6fdc3="losejo"][quote:86def6fdc3="Mem"]Arrendamiento financiero es como si lo compraras a crédito, sólo aplica en 2007 la deducción (depreciación) hasta 175mil pesos.

Arrendamiento puro es diferente, el monto de los pagos se va gastos, con un tope de $250.00 diarios.[/quote:86def6fdc3]y de de deduccion de la gasolina , ¿ que me pudes comentar?[/quote:86def6fdc3]¿ se pude deduccir la gasolina pagada en efectivo hasta $ 2,000.00?
 
saludos
 
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losejo
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02/Ene/07 16:58

Deducción de gasolina de automoviles que rebasan 175mil pesos, será deducible en la misma proporción que el automovil.

Por ejemplo un auto con un valor de 350mil pesos antes de iva, sólo es deducible el 50% por lo tanto todos los gastos serán deducibles en la misma proporción (incluyendo la gasolina).
 
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03/Ene/07 12:02
Re: Automovil (Que problema le ven)

BUEN DIA A TODOS!

EN EL CASO DE UNA DE LAS EMPRESAS QUE LLEVO, SI SE REALIZÒ LA COMPRA DE UN AUTOMOVIL CON FECHA DE 29 DE DICIEMBRE DE 2006 PAGADO CON CHEQUE POR VALOR DE $ 445,485.51 YA INCLUYE IVA.

ADICIONALMENTE SE HICIERON LOS SIGUIENTES PAGOS:

$ 1,337.00 TENENCIA VEHICULAR
$ 1,400.00 PAGO DE GESTORIA
$ 1,050.00 PAGO DE VERIFICACION
$ 15,596.00 PAGO DE SEGURO

EN BASE A LA DEDUCCION LISR PARA 2006 ENVIO $ 300,000.00 A ACTIVO FIJO (EQUIPO DE TRANSPORTE).

$ 45,000.00 IVA ACREDITABLE
$ 100,485.51 A NO DE DUCIBLES

¿ PUEDO DEDUCIR LOS GASTOS ADICIONALES TAMBIEN (PAGO DE TENENCIA VEHICULAR, GESTORIA, VERIFICACION Y SEGURO?
 
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CAROL1
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