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21/Dic/06 11:56
IVA AL 15%

Hola a todos.
Tengo una persona fisica con act de arrendamiento con su domicilio fiscal en merida , ciudad de donde viene la mayoria de sus ingresos y renta un local en playa del carmen , el cual le cobra la renta con un 15% de iva. ¿es correcto?.
Podrian decrme el el fundamento.
Gracias.
 
&CH
 
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anaili
Mayor

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21/Dic/06 12:06
Re: IVA AL 15%

BUENAS TARDES

CHECATE EL SIGUIENTE ARTICULO DE LA LIVA


Artículo 2o.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 10% a los valores que señala esta Ley, cuando los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto, [color=red:018b17e5af]se realicen por residentes en la región fronteriza, y siempre que la entrega material de los bienes o la prestación de servicios se lleve a cabo en la citada región fronteriza.[/color:018b17e5af]

Tratándose de importación, se aplicará la tasa del 10% siempre que los bienes y servicios sean enajenados o prestados en la mencionada región fronteriza.

Tratándose de la enajenación de inmuebles en la región fronteriza, el impuesto al valor agregado se calculará aplicando al valor que señala esta Ley la tasa del 15%:

Para efectos de esta Ley, se considera como región fronteriza, además de la franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país, todo el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur y Quintana Roo, los municipios de Caborca y de Cananea, Sonora, así como la región parcial del Estado de Sonora comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce del Río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10 kilómetros al oeste del Municipio Plutarco Elías Calles; de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa, a un punto situado a 10 kilómetros, al este de Puerto Peñasco; de ahí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional.
 
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lcruizuscanga
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21/Dic/06 16:45
Re: IVA AL 15%

SI QUIERES COBRAR EL 10% DE IVA PRESENTA UNA APERTURA DE ESTABLECIMIENTO CON EL DOMICILIO DEL LUGAR QUE RENTAS Y ASI YA NO TIENES PROBLEMA EN COBRAR EL 10%
 
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martinsanchez
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21/Dic/06 21:30
Re: IVA AL 15%

eres residente en region fronteriza? R=no, 15% R=si, 10%. ver art. art 9 cff y liva 1 y 2 liva y rmf 5.1.5. sobre todo 5.1.6. yyyyy checalos.
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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22/Dic/06 10:01
Re: IVA AL 15%

De acuerdo con el planteamiento, la ley de IVA señala donde se realiza el acto, actividad o servicio se genera el impuesto, por tal motivo al arrendamiento al ser en el Estado de QRoo zona fronteriza el acto es al 10% al encontrarse con la aplicacion señalada en la materia. Por los demás ingresos al 15%
 
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JoseAntonioCarrilloM
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