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11/Dic/06 20:15
Tenencia de acciones, es base para Impact?

La empresa "A" compro acciones de otras dos empresas ¿por decir B y C.

Es una inversion de 6,800,000.00 tengo la duda si forma parte de la base para Impuesto al Activo.
 
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Mem
Teniente Coronel

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11/Dic/06 21:17
Re: Tenencia de acciones, es base para Impact?

En mi opinión sí, conforme a la Fracc. I del Art. 2 de la Ley del Impuesto al Activo.

¿Por que tienes esa duda? (digo, si es que habias leído anteriormente el fundamento anterior)
 
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BR1
Coronel

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12/Dic/06 21:24
Re: Tenencia de acciones, es base para Impact?

Estoy de acuerdo con lo que manifiesta Mem.

Evidentemente, el fundamento legal es completamente acertado y donde la ley distingue, nosotros debemos a la par distinguir.

EL IMPAC pretende gravar aquellos activos que potencialmente generen un rendimiento, o que sean utilizados por el contribuyente en el ejercicio de sus actividades y que eventualmente devenguen en una utilidad.

En el caso de las acciones, al no existir una disposición expresa que nos faculte el excluirlas de la base, no veo razón para hacerlo.

Saludos,
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gilcontreras
Sargento Segundo

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12/Dic/06 21:25
Re: Tenencia de acciones, es base para Impact?

Perdón, era BR1 el de la opinión, una disculpa jeje...

Saludos,
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gilcontreras
Sargento Segundo

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12/Dic/06 22:33

Me desconcierta lo que menciona el articulo 4 de la Ley del Impact.

Exceptua a las acciones emitidas por personas morales residentes en mexico.
 
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Mem
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14/Dic/06 11:54
Re: Tenencia de acciones, es base para Impact?

No creas que se me ha olvidado Mem......si no que no le "encuentro", es decir al parecer LIMPAC se contradice, pero no creo que sea así (no tendría caso), plasmo ambos artículos, esperemos que alguien sepa interpretar debidamente:

ARTICULO 2o I.- SE SUMARAN LOS PROMEDIOS MENSUALES DE LOS [i:65f4880842]ACTIVOS FINANCIEROS[/b:65f4880842][/i:65f4880842], CORRESPONDIENTES A LOS MESES DEL EJERCICIO Y EL RESULTADO SE DIVIDIRA ENTRE EL MISMO NUMERO DE MESES. [b:65f4880842][i:65f4880842]TRATANDOSE DE ACCIONES, EL PROMEDIO SE CALCULARA CONSIDERANDO EL COSTO COMPROBADO DE ADQUISICION DE LAS MISMAS, ACTUALIZADO EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 3o. DE ESTA LEY[/i:65f4880842][/b:65f4880842]

ARTICULO 4o.- SE CONSIDERAN ACTIVOS FINANCIEROS, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES:

II.- LAS INVERSIONES EN TITULOS DE CREDITO, [i:65f4880842][b:65f4880842]A EXCEPCION DE LAS ACCIONES EMITIDAS POR PERSONAS MORALES RESIDENTES EN MEXICO. LAS ACCIONES EMITIDAS POR SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA FIJA SE CONSIDERARAN ACTIVOS FINANCIEROS. [/i:65f4880842]


Creo que emití mal mi opinion (erronea) la confusion se presta por que primero te dice que se consideran act financieros las acciones, y en el 4to te dice que se excluyen como tal las emitidas por PM residentes en México.

Si es así, creo que es claro (todas juegan excepto las emitidas por PM res en mexico).....a menos que exista algo "oculto" (al parecer no).

Un saludo!!!!
 
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BR1
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15/Dic/06 11:11

estimados:

Con la aportacion de BR1 al respecto que comenta la aparente confusion queda claro una cosa:

La ley del IMPAC grava para el promedio de las acciones a exepcion de las de residentes en Mexico, y esto se hace con la intencion de estimular la inversion en Mexico para crear empleos y castigar la repatriacion de capitales.

Saludos.
 
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ezuniga
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18/Dic/06 12:27

Gracias por sus aportaciones!!

Me queda claro que las acciones de personas morales residentes en mexico, no juegan para la base impact.

Saludos
 
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Mem
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18/Dic/06 12:36

No creen que es bastante caprichosa la distincion que hace el legislador en cuanto al tratamiento fiscal de unas y de otras (acciones nacionales y extranjeras), pues objetivamente no existen diferencias sustanciales encuanto a los efectos economicos de unas u otras.

Me gusta para presentar un amparo y no incluir las extranjeras en la base del IMPAC.

Como ven??
 
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero

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18/Dic/06 21:15

[quote:df3fad98cd="CERVANTES-QUIJANO"]No creen que es bastante caprichosa la distincion que hace el legislador en cuanto al tratamiento fiscal de unas y de otras (acciones nacionales y extranjeras), pues objetivamente no existen diferencias sustanciales encuanto a los efectos economicos de unas u otras.

Me gusta para presentar un amparo y no incluir las extranjeras en la base del IMPAC.

Como ven??[/quote:df3fad98cd]

Alguien me comento, que la lógica de esta disposición es que la residente en Mexico, va a pagar impact por sus activos, entonces se duplicaria si la tenedora tambien lo incluyera en su base de impact.

Caso contrario con la persona moral extranjera que no es sujeta del impuesto al activo.
 
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Mem
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