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22/Nov/06 11:44
IVA EXENTO DE CASA

Hola Colegas, quisiera ver si alguien tiene un funadamento obre lo siguiente:
Un cliente que se dedica a pientar casas de interes social va ejecutar unos trabajos y me dijo"que habia una disposicion de exentos de iva esta se aplicaba desde el momento de la compra de la pintura (ES DECIR NO PAGARIEL EL CONTRIBUYENTE EL IMPUESTO POR LOS PRODOCTOS QUE COMPRARA) Por lo cual mi cliente no cobraria el iva.
Se que existe el criterio de la autoridad de que aplica tasa general.
Por ello pido a ustedes si tienen conocimiento de esta modalidad. Gracias
 
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JUANAPEREZ
Teniente

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22/Nov/06 13:09

Reglamento de Iva, artículo 21A.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Teniente Coronel

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22/Nov/06 13:12
Re: IVA EXENTO DE CASA

el tendra que pagar iva al comprar la pintura y tendra que cobrar iva al momento de cobrar su servicio por pintar...lo que unicamente esta exento es la venta de la casa....ver criterio normativos del sat 101/2004/iva
 
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emo
Soldado

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22/Nov/06 13:22

Servicios de pintura en una casa habitación si causa Iva.

Ampliaciones de una casa habitación, puede exentarse aplicando el art. 21A del RIVA
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Teniente Coronel

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