Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
16/Nov/06 15:47
PREGUNTA

ALGUIEN ME PODRIA DECIR SI ES OBLIGATORIO LA CONTESTACION MENSUAL DE LOS CUESTIONARIOS DEL INEGI YA QUE EN ESTRA EMPRESA NOS TOCA CONTESTAR UNO ANUAL, OTRO CADA 5 AÑOS Y AHORA QUIEREN UNO MENSUAL .

OJALA Y ME PUDIERAN AYUDAR GRACIAS
 
Perfil

svalencia
Soldado

Mensajes: 1
Ingresó: Febrero 28, 2006
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Nov/06 16:00

DESCONOZCO.......HABRIA QUE REVISAR LA LEGISLACION CORRESPONDIENTE

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Nov/06 16:20

Si tienes obligacion de contestar el cuestionario.

El INEGI, selecciona negocios, una vez al año, para desarrollar los indicadores,
Los seleccionados, para encuesta mensual, ya tienen esa nueva chamba mensual, (llenar el cuestionario mensualmente). por todo un año.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Nov/06 17:41
Re: PREGUNTA

en total acuerdo con vabdo, es obligatorio, lo malo de esto es que apartir de ahora tendras que hacer de por vida los mensuales, el anual y el que piden cada 5 años, en la empresa donde trabajo tenemos la obligación de todos.

Y otra cosa según recuerdo en el curso qeu tome sobre las reformas fiscales para el 2006 mencionaron que el SAT podría intercambiar información con el INEGI, si esto es asi, hay que tener mucho cuidado con la información que presentemos al INEGI.

saludos.
 
Perfil

jancona
Sargento Primero

Mensajes: 111
Ingresó: Mayo 19, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Nov/06 17:56
Re: PREGUNTA

ya encontre el fundamento donde se menciona que el SAT intercambiara informacion con el INEGI.

es el articulo 31 de la Ley de Ingresos de la Federación, que a la letra dice:

[i:2419c9d53d]"Los datos Generales que a continuación se citan, de las personas morales y de las personas fisicas que realicen activades empresariales o profesionales de conformidad con lo dispuesto en la LISR, que el INEGI y el SAT , obtengan con motivo del ejericicio de sus atribuciones , podrán ser comunicados entre dichos organismos con objeto de mantener sus bases de datos actualizadas.

I.- Nombre, denominación o razón social.
II.- domicilio o domicilios donde se lleven a cabo actividades empresariales y profesionales.
III.- actividad preponderante y la clave que se utilice para su identificacion.

La información así obtenida no se considerará comprendida dentro de las prohibiciones y restricciones que establece el CFF, la Ley de Información Estadística y Geográfica y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Los datos a que se refiere el presente artículo podrán ser objeto de difución Pública".[/i:2419c9d53d]

Por lo cual hay que tener cuidado con los datos que se proporcionen al INEGI, contenidos en este articulo.

saludos.
 
Perfil

jancona
Sargento Primero

Mensajes: 111
Ingresó: Mayo 19, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
17/Nov/06 9:40

Muy oportuno comentario final jancona, porque resulta, que los del INEGI, siguen pregonando, y diciendo que la informacion presentada, se considera "confidencial" y "que no podra ser usada, ni en juicios, ni por ninguna autoridad, por ser extrictamente confidencial la fuente, unicamente para fines estadisticos"
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1