17/Nov/06 9:20
Re: PF CREA UNA PM
Buenos dias,
Te recomiendo checar lo correspondiente al art. 14 del CFF, ya que manifiesta que las aportaciones a capital son consideradas como una enajenacion, y por lo tanto el art. 8 LIVA manifiesta en este mismo orden de ideas que se generaria la causacion del Impuesto al Valor Agregado.
y respecto del contrato de comodato, este unicamente otorga el derecho de goce, pero no el derecho de propiedad, quiere decir que si realizas este contrato la empresa unicamente tendria derecho a utilizar el bien y deducir en su caso los gastos generados, mas no tendria la propiedad plena de dichos bienes.
La trasmision de estos bienes podrias realizarla atraves de la misma acta constitutiva, en la cual se manifestarian dichas operaciones, y cuantas acciones le serian entregadas por tal aportacion.
Por lo tanto si te recomiendo que observes bien lo que te comento de los articulos mencionados al proemio de este escrito.
Saludos.