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26/Oct/06 17:34
Estoy mal yo? Duda respecto a IVA en REPECOS.

Tengo una duda respecto a la siguiente situacion.

Es un caso en el estado de BAJA CALIFORNIA el cual tiene celebrado con la SHCP convenio de colaboracion, y lo menciono por el siguiente caso.

Un pequeño contribuyente reanuda operaciones en Marzo 2006, se comunica conmigo para regularizar su situacion hace una semana, y en el Periodo de Marzo a la fecha no a tenido ingresos, ni siquiera a operado en su negocio.

Realizo las declaraciones correspondientes al los periodos transcurridos, y las presento ante el Estado y me rechazan el IVA en 0, argumentando que tengo que pagar la cuota fija de 200 Bimestrales. No me atrevo a alegar mucho en vista de que no tenia los fundamentos suficientes
(soy estudiante de contaduria, a penas ando empapandome de estos asuntos) y me vengo a darle un repaso a la Ley del IVA.

Me voy al artículo 2-C que dice: "[REPECOS] PAGARAN EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN LOS TERMINOS GENERALES QUE ESTA LEY ESTABLECE, [color=darkred:acd74a281a]SALVO QUE OPTEN [/color:acd74a281a] POR HACERLO MEDIANTE ESTIMATIVA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO MENSUAL QUE PRACTIQUEN LAS AUTORIDADES FISCALES.

Mas adelante habla de los casos de contribuyentes que inicien operaciones en el ejercicio, de la facultad de las entidades federativas de efectuar la estimativa y de cobrar el impuesto, etc etc, y en todos los parrafos se especifica la OPCION DE APLICAR LAS CUOTAS.

Encontre en mi investigacion una tesis de la SCJN en la que declaran inconstitucional el art. 2-C emitido en la LIVA de 2005 que establecia el pago de cuotas, tesis que tengo entendido origino los cambios en la redaccion del actual articulo 2-C.

Entiendo por lo tanto que como REPECO tengo la obligacion de pagar el IVA de las siguientes maneras.

1. En los terminos generales de la Ley establece, u....

2. OPTANDO por el pago de la cuota.

Regresando al caso del contribuyente que no tuvo ingresos, obviamente me voy por la opcion 1, y con ingresos en 0 y gastos en 0 tengo un IVA a pagar de 0.

Por lo que deduzco que en el Gobierno del Estado se quieren pasar de listos al exigirme el pago de 200 pesos por bimestre, pero me salta la duda todavia al leer el parrafo 4 de la fraccion IV del articulo 43 de la misma LIVA en el cual se autoriza a las Entidades a estimar la utilidad fiscal de los REPECOS para determinar el impuesto mediante el establecimiento de cuotas fijas.

Aun asi, con la faculta que se le da a la Entidad Federativa, creo que no tienen el derecho de pasar por encima de la LEY e imponer en los contribuyentes como obligatoria una OPCION.
 
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CPC-Marisa-Castro-Franco
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26/Oct/06 18:06

Debes ver los antecedentes, porque la facultad de los estados esta desde hace 3 años; sin embargo, han cobrado por resoluci{on miscel{anea, es de cir la famosa cuota minima de $200.00. Sólo hasta que el estado publico sus propias reglas en su gaceta oficial debe establecer una cuota fija, la cual puede ser en base a ingresos estimados, aunque tengas "ceros" en ese bimestre debes estimar tus ingresos anuales. Eso es aqui en Veracruz, pero ha sido muy parecido en otros estados.
 
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acmtac
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27/Oct/06 19:44
Re: Estoy mal yo? Duda respecto a IVA en REPECOS.

Pero sigo en la misma posicion y es lo que quisiera aclarar, no pueden obligar al contribuyente a pagar en base a una OPCION, que da la Ley, apoyarse en la Resolucion es ilegal. O no?
 
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CPC-Marisa-Castro-Franco
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27/Oct/06 21:36
Re: Estoy mal yo? Duda respecto a IVA en REPECOS.

En efecto, no se puede obligar a ejercer una opción, ademas, la resolución miscelanea solo crea derechos no obligaciones, aqui en Chiapas nos hemos defendido y hasta el momento hemos salido bien librados, desde la aparición de aquel famoso coeficiente de valor agregado.

Saludos
 
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hermendozac
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28/Oct/06 2:33
Re: Estoy mal yo? Duda respecto a IVA en REPECOS.

[color=blue:c22cc564bb]¡Hola!! :)

Mira la cuota fija de IVA en el Régimen de Pequeños Contribuyentes en Baja California no es en base a los ingresos en el inicio de actividades en el ejercicio en curso, ya que, no se tienen los elementos para determinar un cuota bimestral estimada; a menos que, seas un contribuyente con actividades sujetas a la tasa 0% de IVA, en este último caso, no estas obligada a pagar la cuota fija bimestral de $200 pesos de IVA.

¡Saludos!!!

Silvestre®[/color:c22cc564bb]
 
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Silvestre
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28/Oct/06 21:45
Re: Estoy mal yo? Duda respecto a IVA en REPECOS.

Gracias por sus respuestas, soy hombre pero estoy en la cuenta de mi jefa jajaja, pero de todas formas gracias sus comentarios me dieron un poco mas de seguridad.

Ya fui al estado y explique mi punto de vista, pedi fundamentos, y la chava de la caja se me puso nerviosa y me pidio que volviera despues a hablar con la "Experta en REPECOS" que en ese momento no estaba supuestamente.
 
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CPC-Marisa-Castro-Franco
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30/Oct/06 10:53
Re: Estoy mal yo? Duda respecto a IVA en REPECOS.

EN VERACRUZ COMO EN CUALQUIER OTRO ESTADO QUE TENGA CELEBRADO CONVENIO DE COLABORACIONA ADMINISTRATIVA(SOLO DE ADMINISTRACION NO DE CAMBIO DE LA LEY )SE RESPETA
LA OPCION QUE SE ESTABLECE LA MULTICITA LEY O SE TENDRA QUE HACER RESPETAR YA QUE LA UNICA DESICION LE CORRESPONDE AL CONTRIBUYENTE Y A NADIE MAS, COMO CONSEJO O TIP EN LA FORMA DE DIALOGAR (CON RESPETO, EMPATIA Y ACTITUD DE SERVICIO SI EL ENCARGO ES HOMBRE QUE DIALOGE UNA MUJER Y VICEVERSA O EN LO MEJOR DE LOS CASOS ERES TU EL IDEAL PARA SOLUCIONAR CUALQUIER CONTRATIEMPO QUE SE PRESENTA EN ESTA CARRERA ) ESTA LA SOLUCION ANTE TODO CON LOS ELEMENTOS EN LA MANO(LA LEY Y LOS VENEFICIOS DE LA RESOLUCION)
 
**INVOCAR JUSTICIA ES PROPIAMENTE OTORGARLA ATRAVES DE NUESTROS ACTOS**
 
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avp
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30/Oct/06 13:52
Re: Estoy mal yo? Duda respecto a IVA en REPECOS.

A si estoy de acuerdo contigo que ante todo uno debe mostrar una actitud cordial y respetuosa, sobre todo empatica porque en muchos de los casos quienes estan en ventanillas simplemente obedecen ordenes, por eso le pedi que me diera un fundamento o me canalizara con quien me informara bien.

Ahora respecto a esa situacion (por el momento todavia no voy al Estado) siento que estan abusando demasiado, la misma muchacha de ventanilla me explicaba que si la alta por ejemplo cubre dos o tres dias del mes, se exige el pago de la cuota por el total del bimestre, o sea que no por la proporcion del tiempo transcurrido desde la alta, situacion que me parece de lo mas abusiva.

Checando tambien el formato del Estado para REPECOS, en el espacio de IVA hay 4 Opciones:
1. Cuota Bimestral Estimada (Es decir los 200 pesos, cosa que todavia no me queda clara porque supuestamente es en base a estimacion y esa cantidad es fija independientemente de los ingresos o cualquier estimacion sobre estos.

2. Opcion de pago conforme a la cuota pagada en el ultimo bimestre del ejercicio 2005.

3. Inicio actividades ene el ejercicio en curso o no se obtuvo ISR a cargo en el ejercicio inmediato anterior.

4. Contriuyente con actividades efectas a la tasa 0%

Y ningun lugar puedo yo hacer el cruce entre IVA TRASLADADO e IVA ACREDITABLE, para que resulte el IVA a pagar.
 
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CPC-Marisa-Castro-Franco
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30/Oct/06 15:10
Re: Estoy mal yo? Duda respecto a IVA en REPECOS.

Como cierre del tema para los interesados fui hoy a Gobierno del Estado me dirigi directamente con el Recaudador de Rentas y amablemente me dijo que no habia problema que presentara la declaracion en 0.

Asi que problema resuelto.

Voy empezando en esto y me sorprende como la autoridad abusa a veces de manera tan descarada de los contribuyentes, es cierto que como contribuyentes a veces tambien nos pasamos de listos pero la autoridad no c puede excusar en eso para abusar de sus facultades.
 
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CPC-Marisa-Castro-Franco
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