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26/Oct/06 16:41
inscripción al RFC de los trabajadores

Hola a todos:

Mi duda es la siguiente:

Cuando ingresa un empleado informo por medios magenitos del in greso del mismo, cuando dicho empleado termina su relación laboral con la empresa tambien es necesario informar por el mismo medio de la suspención. Esto lo pregunto ya que ahora el archivo que hay que generar para envio en medios magneticos (anexo 1 de la IV MRM regla 2.3.1.15) tiene una cuarta columna la cual tiene como opción 1inscripción, 2suspención.

gracias por su atención chicos.
 
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floriux
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26/Oct/06 16:44

ASI ES

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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26/Oct/06 17:01
Re: inscripción al RFC de los trabajadores

Gracias Lobozac, por último, presento en diciembre de 2006 un solo dispositivo por las inscripciones y suspensiones ocurridas durante todo el ejercicio, ya que el 5o transitorio de la IV MRM así lo indica, o bien así lo netendí.

Gracias..
 
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floriux
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26/Oct/06 17:03

ASI ES

SALUDOS
 
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lobozac
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26/Oct/06 17:07
Re: inscripción al RFC de los trabajadores

Gracias muy amable
 
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floriux
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26/Oct/06 20:48

A TUS ORDENES

SALUDOS
 
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lobozac
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27/Oct/06 10:44
Re: inscripción al RFC de los trabajadores

EN LA QUINTA RESOLUCION DEL 29 DE SEPTIEMBRE SALIO ESTO:
Quinto. Las solicitudes de inscripción de contribuyentes que perciban ingresos de los señalados en el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR mediante el procedimiento establecido en la regla 2.3.6. de la presente Resolución, vigente hasta el 30 de octubre de 2006, se recibirán hasta el 6 de octubre del
mismo año.
 
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martinsanchez
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27/Oct/06 13:30
Re: inscripción al RFC de los trabajadores

[quote:73a9c6528f="martinsanchez"]EN LA QUINTA RESOLUCION DEL 29 DE SEPTIEMBRE SALIO ESTO:
Quinto. Las solicitudes de inscripción de contribuyentes que perciban ingresos de los señalados en el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR [color=red:73a9c6528f]mediante el procedimiento establecido en la regla 2.3.6.[/color:73a9c6528f] de la presente Resolución, [size=18:73a9c6528f][color=blue:73a9c6528f]vigente [/color:73a9c6528f][/size:73a9c6528f][color=red:73a9c6528f]hasta el 30 de octubre de 2006[/color:73a9c6528f], se recibirán hasta el 6 de octubre del
mismo año.[/quote:73a9c6528f]

AQUI ESTA LA CONDICIONANTE, PERO SI SERIA INTERESANTE, VERIFICAR LOS SUPUESTOS EN CADA UNA DE LAS CORRELACIONES, PARA NO CAER EN ERRORES

SALUDOS
 
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lobozac
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27/Oct/06 18:35
Re: inscripción al RFC de los trabajadores

QUE PASA SI NO PRESENTO DICHAS INSCRIPCIONES Y SUSPENSIONES EN 2006.

¿HABRA CONSECUENCIAS?. TENGO ENTENDIDO QUE CONFORME A LA LEY SON MULTAS Y ADEMAS LA NO DEDUCIBILIDAD DE SUELDOS.
Y SALARIOS. Y ES QUE EL FISCO NOS AHACE TRABAJAR EN ESTO Y CADA AÑO TERMINA RELEVANDO DE LA OBLIGACION CON LA PRESENTACION DE LAS INFORMATIVAS DE SUELDOS Y SALARIOS Y DEL CREDITO AL SALARIO.

¿VOLVERA A PASAR LO MISMO DE LOS EJERCICIOS PASADOS. USTEDES QUE PIENSAN?.
 
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herrera
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26/Dic/06 9:29
Re: inscripción al RFC de los trabajadores

Hola,

Respeto a este tema me quedó duda en cuanto a que en diciembre debamos presentar todas las inscripciones y suspensiones de todo el ejercicio 2005, según lo que interpretan del 5° transitorio de la IV RMF.

No será que en diciembre debamos presentar las inscripciones y suspensiones solamente de los meses en los que quedó sin presentarse mensualmente por el inicio de la vigencia de la nueva estructura a 4 campos? Es decir, no se refiere a que en diciembre presentemos ya con la nueva estructura solo lo de los meses de octubre a diciembre?

Gracias.
 
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ImeHinojosa
Soldado

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