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12/Oct/06 12:21
Pago en parcialidades

Alguno de ustedes tendra entre sus curiosidades algun escrito para solicitar pago de impuestos en parcialidades?
Me pidio el patron en lo que le llega un deposito que esta esperando que le solicite el pago en parcialidades, pero no se como hacer el escrito.
 
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teofiloperea
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12/Oct/06 14:23

TU LO PUEDES ARMAR EN BASE A LOS LINEAMIENTOS DEL CODIGO

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
General Brigadier

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13/Oct/06 10:24
Re: Pago en parcialidades

Definitivamente tienes que seguir el consejo de lobozac[/b:2a414298dd] y ademas verifica la regla [b:2a414298dd]2.12.

2.12.4. Para los efectos de los artículos 66 y 66-A del CFF, en los supuestos y términos en que proceda el pago a plazos en parcialidades o diferido, se requerirá autorización previa de las autoridades fiscales.

La autorización para pagar en parcialidades o de manera diferida, se solicitará ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente, ante la Administración Regional de Grandes Contribuyentes o ante la Administración Central de Recaudación de Grandes Contribuyentes, según corresponda, mediante escrito libre, dentro de los 15 días siguientes a aquel en que se efectuó el pago inicial del 20% a que se refiere el artículo 66, fracción II del CFF en el que manifiesten lo siguiente:

I. El número de crédito o la manifestación de que se trata de un crédito autodeterminado.

II. El monto del crédito a pagar a plazos y el periodo que comprende la actualización en los términos del inciso a) de la fracción II del artículo 66 del CFF.

III. El monto de los accesorios causados, identificando la parte que corresponda a recargos, multas y a otros accesorios.

IV. La modalidad de pago a plazos, en parcialidades o de manera diferida, según se trate de la elección del contribuyente:

a) Tratándose del pago en parcialidades, se deberá señalar el plazo en el que se cubrirá el crédito fiscal, sin que dicho plazo exceda de 36 meses.

b) Tratándose de pago diferido, se deberá señalar la fecha en la que se cubrirá el crédito fiscal, sin que exceda de 12 meses.

V. ambién se deberá presentar la forma oficial o acuse de recibo de la transferencia electrónica de fondos del pago de contribuciones federales en que conste el pago correspondiente al 20% del monto total del crédito fiscal. . . .


2.12.9. Para los efectos del artículo 141, fracción V del CFF, los contribuyentes que se encuentren en el supuesto de corrección fiscal y aquellos que espontáneamente opten por pagar sus créditos fiscales en parcialidades o de manera diferida, para los efectos de la citada fracción, cuando elijan como garantía del crédito fiscal el embargo en la vía administrativa de la negociación
de la cual son propietarios, deberán presentar escrito libre, ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente, ante la Administración Regional de Grandes Contribuyentes o ante la Administración Central de Recaudación de Grandes Contribuyentes, según corresponda, acompañando copia del documento por el que ejercieron la opción de pago en parcialidades o de manera diferida del crédito fiscal de que se trate.

En el escrito libre a que se refiere el párrafo anterior, se deberá señalar lo siguiente:

I. El monto de las contribuciones actualizadas por las que se opta por pagar en parcialidades o de manera diferida, excluyendo de dicho monto el 20% a que se refiere el artículo 66, fracción II del CFF.

............................................................................................

El escrito libre a que se refiere esta regla deberá ser firmado después de la leyenda “bajo protesta de decir verdad”, por el propio contribuyente cuando se trate de una persona física y, tratándose de personas morales, por quien tenga poder de la misma para actos de administración y dominio, debiéndose acompañar, en este último caso, el documento en el que consten dichas facultades. . . .
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
Capitán Primero

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