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06/Oct/06 16:23
Existe algun caso especial del IEPS

Que tal, buenas tardes.

Respecto al IEPS por la enajenacion de licores importados ¿existe algun caso especial por el cual dichos importadores no trasladen el IEPS al enajenar los mismos a clientes nacionales (para no confundir con exportacion? ó ¿Es simplemente ignorancia sobre este impuesto?

Saludos!!!
 
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BR1
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06/Oct/06 22:41

Trasladas cuando el adquiriente es contribuyente del IEPS solamente
 
Si puedes ser util a los demas, no dudes en hacerlo
 
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rgchavez
Subteniente

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10/Oct/06 10:52
Re: Existe algun caso especial del IEPS

se traslada a los contribuyentes que son sujetos tambien de el IEPS, es un requisito que te marca la ley del IEPS en su articulo 19 que se refiere a las obligaciones de los contribuyentes, a los contribuyentes que les trasladaste el IEPS tendras que hacer un reporte cada trimestre por esa venta, esta obligacion te la vuelve a marcar el art. 19 de la ley del IEPS, por lo tanto al facturar a un cliente y este solicite el desglose del IEPS, deberas de cerciorarte que sea contibuyente de este impuesto, esto lo puedes hacer solicitando una copia de su cedula de inscripcion al RFC.
Saludos
 
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josefiscal
Soldado

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10/Oct/06 11:15
Re: Existe algun caso especial del IEPS

Gracias por sus comentarios
 
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BR1
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10/Oct/06 16:30
Re: Existe algun caso especial del IEPS

BR1[/b:b51760f0dc]

De manera adicional a tu tema te estoy enviando a tu cuenta de correo un articulo que se que te sera de mucha utilidad, que habla sobre lo siguiente:

[b:b51760f0dc]Revisión a las disposiciones fiscales aplicables a las personas que enajenan bebidas alcohólicas, para medir su impacto constitucional, administrativo y financiero.

[u:b51760f0dc]Generalidades[/u:b51760f0dc]

Los impuestos al consumo que establecen los legisladores también deben respetar los principios constitucionales de equidad y proporcionalidad tributarias; por consiguiente, al establecer este tipo de impuestos no se dará un trato desigual a contribuyentes que se encuentren en igualdad de circunstancias y el gravamen impuesto considerará su capacidad económica.

Uno de estos impuestos lo constituye el impuesto especial sobre producción y servicios (IESPS), el cual grava la enajenación e importación de ciertos bienes, de ahí la referencia de “impuesto especial”. En este impuesto destaca el tratamiento relativo a las bebidas alcohólicas, el cual prevé un porcentaje ascendiente en las tasas impuestas a esos bienes considerando su graduación alcohólica. Para establecer estas tasas diferenciadas, el legislador se ha justificado en la facultad que le confiere nuestra Constitución para preservar la salud pública, y cuyo propósito es desincentivar el consumo de bebidas alcohólicas.

Con base en lo anterior, resulta constitucional este impuesto para todos los contribuyentes que realicen estos actos sin importar su condición económica, como se verá posteriormente. Sin embargo, algunos regímenes fiscales y las excepciones del propio impuesto, han propiciado confusión entre los contribuyentes obligados; en tal circunstancia, es de interés común revisar el orden jurídico aplicable a las personas que realicen estos actos.
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
Capitán Primero

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10/Oct/06 16:57
Re: Existe algun caso especial del IEPS

Gracias!!!!
 
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BR1
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