03/Oct/06 15:00
excepción de expedición de cheque nominativo mayor a 2,000
Buenas tardes compañeros foristas. Quisiera saber su opinión con relación a la regla 3.4.45 publicada oficialmente el día de hoy.
(Excepción a expedición de cheque nominativo para pagos superiores a $2,000 (3.4.45.)
Se adiciona la Regla 3.4.45. para aclarar que el requisito de deducibilidad contenido en la fracción III del artículo 31 de la Ley del ISR consistente en que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00, se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de monederos electrónicos, sólo es aplicable a las obligaciones que se cumplan o se extingan con la entrega de una cantidad en dinero y no respecto de aquellas que se cumplan con la entrega de bienes distintos al mismo.
Lo anterior significa que cuando se extingan obligaciones por cualquier otro medio, o bien cuando se haga a través del pago en especie, el requisito mencionado no es aplicable). Gracias y saludos.
NO TE QUEJES DE MUCHO TRABAJO, ACUERDATE QUE HAY PERSONAS QUE SE QUEJAN PORQUE NO LO TIENEN.