02/Oct/06 13:02
Re: Solicitud en Reduccion Pagos provisionales ISR
me choca poner informacion de la autoridad, pero en fin en este caso se me olvida eso de la chocada jejeje:
Actualización: 16/mayo/2006
PrincipalInformación FiscalTrámitesGuía de requisitos de los trámites fiscalesDisminución de pagos provisionales. (Reducción de importe a pagar en pagos mensuales)
Disminución de pagos provisionales (reducción de importe a pagar en pagos mensuales).
¿Para qué sirve?
¿Quiénes lo presentan?
Las Personas físicas que tributen conforme al Capitulo IX del Titulo IV de la LISR.
Personas morales que tributen conforme al Titulo II de la LISR.
¿Dónde lo presento?
En los módulos de la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a el domicilio fiscal del contribuyente.
¿Qué documentos obtengo?
Resolución de autorización.
¿Cuándo lo presento?
El trámite de disminución de pagos provisionales se debe presentar a más tardar el día 15 del primer mes del periodo por el que se solicite la disminución del pago.
¿En qué horario puedo presentarlo?
En las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes y previa cita de 15:00 a 17:30 de lunes a jueves.
¿Cuáles son los requisitos?
¿Cuál es el fundamento legal?
Artículos: LISR 15 FR. II y 170 párrafo séptimo; LIA 7 párrafo noveno; RLIA 18.
¿Dónde obtengo más información?
Vía telefónica lada sin costo: 01 800 46 36 728 (01800 INFOSAT)
Correo electrónico: asisnet@sat.gob.mx
Requisitos que estuvieron vigentes con anterioridad:
No aplica.