27/Sep/06 17:52
Re: COMPROBANTES EXTRANJEROS
[quote:f8a844ed19="mluna"]Tengo un cliente que da recibos de honorarios.
El presta servicios de asesoría a una empresa. esa empresa envió un período de 6 meses a la india.... Alla estuvo y ahora qu regreso le pidieron recibos por los viáticos que le dieron para que viviera allá.
De nuevo se regresa para allá y va a seguir expidiendo recibos aparte de sus honorarios de los víaticos que le dan....
Mi pregunta es....todos los comprobantes de hoteles y aviones, comidas puedo registaros como deducibles (claro checando el tope )
porque para mi relamente son gastos para vivir que se los estan pagando. pero a la vez está pagando impuestos sobre esos viáticos.
Que opinan...???[/quote:f8a844ed19]
Recuerda Myrna que dichos comprobantes no tienen que reunir los requisitos que establece el Art. 29 o 29-C del CFF, en virtud de que se excederia en la aplicación de las disposiciones normativas en cuanto a su territorialidad e invadiria la soberania del pais extranjero, ante tal situación es aplicable el principio "LOCUS REGIM ACTUM"[/b:f8a844ed19] , esto es, [b:f8a844ed19]"La Ley del Lugar rige al Acto", por lo que los comprobantes no deben cumplir con los requisitos aqui plasmados, si no los de su territorio (En este caso la India) pudiendo ser tickets, invoice, etc.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
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SALUDOS