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27/Sep/06 13:00
INCAPACIDAD POR R.T. -Recaida- DE TRABAJADOR DADO DE BAJA

El día 20/08/2006 un trabajador presentó su renuncia, señalando que su último día labores sería el 31/08/06, pero el día 25/08/06 sufrió un Riesgo de Trabajo, con lo cual estuvo incapacitado hasta el día 19/09/2006. La ST-2 correspondiente, señala como fecha de inicio de labores el 20/09/06, misma fecha con la cual se procedió a presentar su baja IMSS, ya que se cuenta con renuncia del propio trabajador al día 31/18/06.

Sin embargo, el trabajador no aceptó en su finiquito, bajo el argumento que aún se sentía mal, por lo que regresaría nuevamente al IMSS a que lo revaloraran y conseguir mas certificados de incapacidad. A la fecha no ha regresado, por lo que no sabemos que pasó.

Por lo anterior y para el caso de que el IMSS le extienda mas certificados de incapacidad por dicho riesgo de trabajo –recaída- y dado que el trabajador ya esta dado de baja, me surgen las siguientes preguntas:
- ¿Qué efecto tendría(n) dicha(s) incapacidad(es)?, solamente se consideraran el la Declaración Anual de RT? . . puesto que ya que no pueden capturarse en el SUA.
- ¿El IMSS cubrirá al trabajador el subsidio económico? Con que SBC? sí ya esta dado de baja.

De hecho, y en virtud de que se cuenta con la renuncia del propio trabajador al 31/08/06, en el periodo de incapacidad se contrato a otra persona para cubrir el puesto.

De lo anterior, mucho agradeceré sus opinión y / o observaciones –no solo con lo que respecta al IMSS, sino también desde el punto laboral-.
 
MARLA 'Nadie puede llegar a la cima armado sólo de talento. Dios da el talento; el trabajo transforma el talento en genio', Anna Pavlova. 'Todo lo que claramente imaginamos, ardientemente deseamos, sinceramente creamos y entusiastamente e
 
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MARLA
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27/Sep/06 20:07
Re: INCAPACIDAD POR R.T. -Recaida- DE TRABAJADOR DADO DE BAJ

:| Buenas noches. Está en la ley del seguro social, que una baja presentada estando incapacitado el trabajador no surte efectos, así que no se apure. De todas formas, si desea amarrar el asunto: a) Investigue en el consultorio del trabajador su "status"; b) Presente en afiliacion un escrito acalaratorio, solicitando la cancelación de la baja presentada.

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pepesoto
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29/Sep/06 18:51
Re: INCAPACIDAD POR R.T. -Recaida- DE TRABAJADOR DADO DE BAJ

Del todo no comparto la afirmación de pepe soto. Vid. e interprete artículo 60 Reglamento LSS en materia de .......

Lic. Francisco Vázquez García
 
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30/Sep/06 10:38
Re: INCAPACIDAD POR R.T. -Recaida- DE TRABAJADOR DADO DE BAJ

:| Buenos dias. Interesante, interesante... me fui con la finta. Aqui es el trabajador quien está renunciando...

El Lic.
 
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pepesoto
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