26/Sep/06 19:20
Que tal, buenas tardes.
Hace algun tiempo analize lo de enajenacion de acciones, recuerdo sobre que se retenia cierto % del valor de la operacion, pero que en el caso de que se dictaminara dicha operacion podria proceder la enajenacion al costo sin generar impuesto..o ¿me equivoco?)..¿tendran por ahi algo al respecto?
Saludos!!!!!!!!!
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BR1
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26/Sep/06 19:49
Re: Enejenacion de acciones
Ya me comento un colega sobre el 204 RISR.....
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BR1
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26/Sep/06 19:51
La enajenacion de acciones entre particulares, se tiene que retener el 20% (lo retiene el comprador al vendedor). sobre el total de la operacion.
Pero, si se dictamina el valor real y no tienen utilidad en la venta, no se retiene impuesto.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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27/Sep/06 11:02
Re: Enejenacion de acciones
la idea no es la no retención.
sino disminuir el importe de la retención aplicando el reglamento de ISR, solo que será un C.P. autorizado quien de fé del calculo.
en otras palabras se requiere que se dictamine la operación.
ejemplo
pf no empresaria
Ley
Monto de enajenación
10,000,000
por 20%
2,000,000 retención
dictamen
ganancia por enajenación
4,858,000
8 años tenencia
607,250
27% (suposición isr neto)
163,957
8 años tenencia
1,311,660
LEY .........2,000,000
RLISR .....1,311,660
DIF............688,340
HON C.P. ..137,668
AHORRO..530,672
jajajajajjaajjajajajaaj incluir 20% honorarios.
La firma vale, amigos mios hay que prepararnos día con día.
cj
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cjlopezasesoria
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27/Sep/06 11:18
Re: Enejenacion de acciones
Es decir:
Realizare el calculo, para saber el monto de la retencion en el caso de no dictaminar la operacion, así, aunque se que la retencion del 20% es por decirlo asi pago provisional, se que en la anual se podra acreditar dicho importe, meramente financiero ¿no?....por otro lado, mediante un CPC "jalador" que mueva cifras, y que haga minima la utilidad en vta de acciones lo cual me podra generar un importe minimo o nulo de carga tributaria (si hay CPC aqui no se molesten por la realidad jejeje)......la cuestion es que la Ley lo permite...y uno ni modo que diga que no jejeje
Oye cj, ¿pues donde trabajas eh...? ahora ya hasta ejemplos pones.....pasame tu cta. bancaria para el dpto.
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BR1
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27/Sep/06 15:58
Re: Enejenacion de acciones
jajaja solo y mi alma, no soy CPC no se manipulan cifras, simplemente el cálculo es mas benefico.
osea que por poner cifras dependo de alguien? estas equivocado mi estimado, mi criterio siempre ha gozado de lo que muchos auditores no tienen, y a eso se llama independencia (y que culpan tenen los auditores jaja se me vinieron a la mente luego luego). pd si hay auditores no todos son igules, hay peores (los abogados).
saludos br1 doy clases a domicilio, solo llamame.
cj
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cjlopezasesoria
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27/Sep/06 16:02
Re: Enejenacion de acciones
mmmm...entonces, ¿es financiero o no?..digo, por que terminas acreditandote la retencion del 20% en la anual...asi me ahorro el dictamen ¿o estoy viendolo desde una perspectiva equivocada?
¿de ballet y danza folclorica tambien hay clases? :D
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BR1
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27/Sep/06 17:57
Re: Enejenacion de acciones
dice--------podrán efectuar un pago provisional menor........
no habla de impuestos definitivos......se responde tu pregunta?
o te lo explico con manzanas
cj
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cjlopezasesoria
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