20/Sep/06 10:56
[quote:9bbf091818="vabdo"]A ver mluna, a ver si entiendo la pregunta.
Yo PF (honorarios) expido recibo, en Julio y me lo pagan en Julio.
Pero la PM que me lo pago, esa retencion la va a enterar al SAT, hasta el 17-Agosto.
Pregunto: Cuando puedo acreditar ese IVA Retenido?
En mi Declaracion (como PF) de Julio o Agosto?[/quote:9bbf091818]
A ver Vabdo
yo SA hago una factura a un clienteSA y el me retiene todo el IVA.
y despues mi pregunta.
CUANDO ES EL MOMENTO DE ACREDITACION DEL IVA RETENIDO.
Es un iva trasladado a un cliente que me retienen.
Cuando me paga el cliente solo me paga el valor de la factura sin el iva porque me lo retiene (por lógica)
El cliente debe de pagar es IVA retenido segun mi ejemplo en los impuestos de agosto en septiembre.(según yo) pero un colega me dice que los paga hasta que me pague mi factura. o sea en los impuestos de octubbre que se pagarían en noviembre
Si el me paga la factura en Octubre entonces cuando me puedo acreditar el IVA que me retuvo. El mismo octubre cuando recibo el pago y mi constancia, o hasta el mes de noviembre cuando ya esta efectuvamente enterado por mi cliente
Parece trabalenguas pero a ver si me explique
MLUNA.
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