Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
18/Sep/06 17:35
RETENCION DE IVA

Buenas tardes a todos.
Tengo una duda...si yo expido una factura como SA. y me retienen el IVA, ese iva retenido se acredita en el mes que yo registro la venta o en el mes siguiente que es cuando mi cliente debe de hacer el pago de sus retenciones de IVA ......

Gracias de antemano
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
Perfil

mluna
Capitán Primero

Mensajes: 824
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Sep/06 18:21
Re: RETENCION DE IVA

ESTO DICE EL ARTICULO 5 DE LA LEY DEL IVA

Que tratándose del impuesto al valor agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se entere en los términos y plazos establecidos en la misma, con excepción de lo previsto en la fracción IV de dicho artículo. El impuesto retenido y enterado, podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero
de la retención, y
 
Perfil

martinsanchez
Subteniente

Mensajes: 154
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Sep/06 18:30
Re: RETENCION DE IVA

[quote:a463988a70="martinsanchez"]ESTO DICE EL ARTICULO 5 DE LA LEY DEL IVA

Que tratándose del impuesto al valor agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se entere en los términos y plazos establecidos en la misma, con excepción de lo previsto en la fracción IV de dicho artículo. El impuesto retenido y enterado, podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero
de la retención, y[/quote:a463988a70]

Gracias..pero a mi me retuvieron el IVA
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
Perfil

mluna
Capitán Primero

Mensajes: 824
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Sep/06 19:05
Re: RETENCION DE IVA

Buenos tardes mi estimada mluna:

El IVA que se te retenga lo podras acreditar en el mes que se realice la retención según la LIVA:

Art. 1 penultimo parrafo "El contribuyente pagará en las oficinas autorizadas la diferencia entre el impuesto a su cargo y el que le hubieran trasladado o el que él hubiese pagado en la importación de bienes o servicios, siempre que sean acreditables en los términos de esta Ley. En su caso, [color=red:af959c703a]el contribuyente disminuirá del impuesto a su cargo, el impuesto que se le hubiere retenido."[/color:af959c703a]

Art. 5 D penultimo parrafo "El pago mensual será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el mes por el que se efectúa el pago, a excepción de las importaciones de bienes tangibles, y las cantidades por las que proceda el acreditamiento determinadas en los términos de esta Ley. [color=red:af959c703a]En su caso, el contribuyente disminuirá del impuesto que corresponda al total de sus actividades, el impuesto que se le hubiere retenido en dicho mes."[/color:af959c703a]

Saludos espero te sirva.
 
Gracias señor por permitirme estar siempre rodeado de gente más grande que yo !!!
 
Perfil

cp_cegi
Sargento Segundo

Mensajes: 64
Ingresó: Noviembre 06, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Sep/06 7:48
Re: RETENCION DE IVA

si perdon a ti te retuvieron es como dice cp_cegi acreditas en el mes en que te retuvieron
 
Perfil

martinsanchez
Subteniente

Mensajes: 154
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Sep/06 20:47

A ver mluna, a ver si entiendo la pregunta.

Yo PF (honorarios) expido recibo, en Julio y me lo pagan en Julio.
Pero la PM que me lo pago, esa retencion la va a enterar al SAT, hasta el 17-Agosto.

Pregunto: Cuando puedo acreditar ese IVA Retenido?
En mi Declaracion (como PF) de Julio o Agosto?
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Sep/06 10:56

[quote:9bbf091818="vabdo"]A ver mluna, a ver si entiendo la pregunta.

Yo PF (honorarios) expido recibo, en Julio y me lo pagan en Julio.
Pero la PM que me lo pago, esa retencion la va a enterar al SAT, hasta el 17-Agosto.

Pregunto: Cuando puedo acreditar ese IVA Retenido?
En mi Declaracion (como PF) de Julio o Agosto?[/quote:9bbf091818]

A ver Vabdo
yo SA hago una factura a un clienteSA y el me retiene todo el IVA.
y despues mi pregunta.
CUANDO ES EL MOMENTO DE ACREDITACION DEL IVA RETENIDO.
Es un iva trasladado a un cliente que me retienen.
Cuando me paga el cliente solo me paga el valor de la factura sin el iva porque me lo retiene (por lógica)
El cliente debe de pagar es IVA retenido segun mi ejemplo en los impuestos de agosto en septiembre.(según yo) pero un colega me dice que los paga hasta que me pague mi factura. o sea en los impuestos de octubbre que se pagarían en noviembre
Si el me paga la factura en Octubre entonces cuando me puedo acreditar el IVA que me retuvo. El mismo octubre cuando recibo el pago y mi constancia, o hasta el mes de noviembre cuando ya esta efectuvamente enterado por mi cliente

Parece trabalenguas pero a ver si me explique
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
Perfil

mluna
Capitán Primero

Mensajes: 824
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Sep/06 11:48
Re: RETENCION DE IVA

ok.....tienes que acreditarte el impuesto que te retuvieron en el mes en que se efectua el pago......ahora.....si eres sa no pueden reterte...por que la ley es clara en el 1-a de iva solo se le hara retencion de p.f. a pm o pf..segun sea el caso....a menos de que seas fletera......espero que no te haya enredado......pero en efecto como te lo menciono al principio es cuando te depositen.....

saludos....
 
Sonrie Siempre...
 
Perfil

Maribelmt
Subteniente

Mensajes: 184
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Sep/06 11:56

Asi es mluna, creo entendi el trabalenguas.

Por sentido comun, el pago que me hacen en Agosto (que incluye la retencion), la aplico en mi declaracion del mes de agosto.
Esto es independiente, de la fecha de la presentacion de la declaracion del retenedor.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Sep/06 14:09
Re: RETENCION DE IVA

[quote:a28d7e73cf="Maribelmt"]ok.....tienes que acreditarte el impuesto que te retuvieron en el mes en que se efectua el pago......ahora.....si eres sa no pueden reterte...por que la ley es clara en el 1-a de iva solo se le hara retencion de p.f. a pm o pf..segun sea el caso....a menos de que seas fletera......espero que no te haya enredado......pero en efecto como te lo menciono al principio es cuando te depositen.....

saludos....[/quote:a28d7e73cf]
Hola Marbelmt...gracias por tu apoyo, pero si se puede retenera a personas morales ....son retenciones Segun Art. 1A Fracc. IV
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
Perfil

mluna
Capitán Primero

Mensajes: 824
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1