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14/Sep/06 18:49
Alimentos para Llevar

antes que nada un cordial saludo atoda la gente bonita de este foro:
mi duda es que un amigo tiene una pasteleria, el elabora el producto en el mismo lugar que lo vende para llevar no para su consumo en el lugar, paga el 15% de iva o 0% ? ya que la regla sig. dice que es tasa cero cuando sean alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en el que se enajenen:

5.3.2. Para los efectos del último párrafo de la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del IVA, se entiende que no son alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, los siguientes:
I. Alimentos envasados al vacío o congelados.
II. Alimentos que requieran ser sometidos a un proceso de cocción o fritura para su consumo, por parte del adquirente, con posterioridad a su adquisición.
III. Preparaciones compuestas de carne o despojos (incluidos tripas y estómagos), cortados en trocitos o picados, o de sangre, introducidos en tripas, estómagos, vejigas, piel o envolturas similares (naturales o artificiales), así como productos cárnicos crudos sujetos a procesos de curación y maduración.
IV. Tortillas de maíz o de trigo.
V. Productos de panificación elaborados en panaderías resultado de un proceso de horneado, cocción o fritura, inclusive pasteles y galletas, aun cuando estos últimos productos no sean elaborados en una panadería.

tengo entendido tambien que:
se precisa que la tasa general del iva aplica tambien ala enajenacion de los alimentos preparados para llevar o para entregar a domicilio por considerar que se incorpora en dichos alimentos un valor adicional art. 2-a ultimoparrafo de la frac.I iva.

la verdad que estoy confundido porque me dice que el no deberiapagar iva, le agradesco de antemano su valiosa ayuda .
 
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MALEINBOX
Soldado

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14/Sep/06 19:40

LA VERDAD TE RECOMENDARIA LE DIERAS AL BUSCADOR, ULTIMAMENTE HEMOS RESPONDIDO COMO 5 TOPICOS MUY SIMILARES

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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15/Sep/06 2:19

BUENOS DÍAS MALENBOX:

LA VERDAD TE RECOMIENDO QUE LEAS DETENIDAMENTE LO QUE ESCRIBISTE, YA QUE TU MISMO TIENES LA RESPUESTA, HABER SI PODEMOS ENTERDERNOS:

PRIMERAMENTE EL ART. 2A LIVA FRACC. I ULTIMO PARRAFO SEÑALA QUE SE APLICARÁ TASA 15%, A LA ENAJENACIÓN DE PRODUCTOS PREPARADOS PARA SU CONSUMO EN EL LUGAR O ESTABLECIMIENTO DONDE SE ENAJENEN, INCLUSO CUANDO NO CUENTEN CON INSTALACIONES PARA CONSUMIRSE EN EL LOCAL, CUANDO SEAN PARA LLEVAR O ENTREGA A DOMICILIO.

PARTIENDO DE ESTE ARTÍCULO ESTARIAS OBLIGADO A PAGAR 15%.

PERO

SEGÚN R.M.F. REGLA 5.3.2. SEÑALA QUE PARA LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 2A FRACC. I ÚLTIMO PARRAFO DE LA LIVA [color=red:8c667ee178][/color:8c667ee178]SE ENTIENDE QUE NO SON ALIMENTOS PREPARADOS PARA SU CONSUMO EN EL LUGAR O ESTABLECIMIENTO EN QUE SE ENAJENEN, LOS SIGUIENTES:

FRACC. V "PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN ELABORADOS EN PANADERÍAS RESULTADO DE UN PROCESO DE HORNEADO, COCCIÓN O FRITURA, INCLUSIVE PASTELES Y GALLETAS, AUN CUANDO ESTOS ÚLTIMOS NO SEAN ELABORADOS EN UNA PANADERÍA."

EN CONCLUSIÓN TUS ACTOS ESTAN GRAVADOS A TASA 0%.

ESPERO Y ME HAYA HECHO ENTENDER SALUDOS.
 
Gracias señor por permitirme estar siempre rodeado de gente más grande que yo !!!
 
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cp_cegi
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