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13/Sep/06 10:39
Verificación de comprobantes

Qué tal, buenos días...

El día de ayer nos hicieron una auditoría para verificar la expedición de comprobantes fiscales.

Al finalizar la revisión nos dijo el auditor que NO CUMPLÍAMOS con la obligación de expedir correctamente comprobantes fiscales, ya que en las notas de venta no aparece el código postal. Nos hizo el comentario de que tenemos tres días para exponer "alegatos y pruebas", y que después iba a llegar una multa de $10,000.00

¿Es correcta esta multa por no contener la nota de venta el código postal?
¿Qué concepto de impugnación podría argumentar en una demanda de nulidad?
¿Alguien ya tuvo este caso?

En mi opinión muy particular considero que es una INJUSTICIA, ya que nosotros SÍ expedimos comprobantes fiscales por todas las ventas con el público en general, y no se vale que por el código postal nos quieran fincar una multa de $10,000.00

Muchas gracias por sus opiniones y aportaciones.
 
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cisneros
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13/Sep/06 10:44

TE DEJO COPIA DE ACTA LEVANTADA ?, CUMPLIO CON LAS FORMALIDADES ?, LA NOTIFICACION TRAE FIRMA FACCIMILAR ?, SOLICITO LOS TESTIGOS DE LEY ?.....

HACE UNOS DIAS ALGUIEN COMENTO UN CASO EXACTAMENTE IGUAL SOBRE CODIGO POSTAL, Y ALGUNOS RESPONDIMOS, , SI DESEAS BUSCARLO, PERO TE COMENTO QUE EL 29 Y 29 A DEL CFF **NO** MENCIONA OBLIGACION ALGUNA AL RESPECTO

SALUDOS
 
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lobozac
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13/Sep/06 10:52
Re: Verificación de comprobantes

Hola Lobozac, gracias por tu respuesta.

Te comento que, al parecer, sí cumplió con todas sus formalidades, es decir, dejó citatorio, acta de notificación, está bien firmado, etc.

Realizó una compra de $77.00 y se le expidió nota de venta, sólo que nos dijo el auditor que, por no tener el código postal, se expide incorrectamente, y de ahí se derivará la multa de $10,000.00

Gracias nuevamente, saludos...
 
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cisneros
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13/Sep/06 15:51
Re: Verificación de comprobantes

cisneros, ya hay un topico como tu situación, ahora bién, le mismo caso me sucedió, fuí con un abogado fiscalista el mismo hizo un escrito alegando que dicha omisión (por el requisito), no esta´contemplado en la ley puso los fundamentos, pero antes de esto yo había acudido a la asesoria especializada y también me confirmaron que no era causa de multa la falta de código postal en las facturas o notas, por lo que metí dicho escrito y tan tan se quedaron con las ganas de la multa, mi cliente puso el código postal con un filiador y fué l fin de mi calvario fiscal, ahora bien checa cuanto te cobra el fiscalista (obvio que va a ser menos que la multa) y mete dicho escrito.
Saludos y suerte2. REQUISITOS GENERALES
Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes por las actividades que se realicen, dichos comprobantes deben cumplir con los requisitos listados a continuación, y las personas que adquieran bienes o usen servicios deberán solicitarlos y conservarlos. [1]

Impresos en los establecimientos que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Señalar en forma expresa si el pago de la contraprestación que ampara se hace en una sola exhibición o en parcialidades.
Importe total de la operación
Monto de los impuestos que se trasladan (cuando proceda)
[color=red:d0f1f870e5]Contener impreso el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de quien los expida. Quienes tengan más de un local o establecimiento, deberán señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expide el comprobante. [/color:d0f1f870e5]Contener impreso el número de folio.
Lugar y fecha de expedición.
Clave del RFC de la persona a favor de quien se expida.
Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.
Valor unitario consignado en número.
Importe total consignado en número o letra.
Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.
Fecha de impresión, vigencia para la utilización y datos de identificación del impresor autorizado.
Tratándose de comprobantes que amparen la enajenación de ganado, la reproducción del hierro de marcar de dicho ganado, siempre que se trate de aquél que deba ser marcado.
La cédula de identificación fiscal o cédula de identificación fiscal provisional reproducida en 2.75 cm. por 5 cm., con una resolución de 133 líneas/1200 dpi, la cual deberá estar siempre legible [2].
La leyenda: "La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales", con letra no menor de 3 puntos.
El RFC, nombre, domicilio y, en su caso, el número telefónico del impresor, así como la fecha en que se incluyó la autorización correspondiente en la página de Internet del SAT, con letra no menor de 3 puntos.
La fecha de impresión.
La leyenda: "Número de aprobación del Sistema de Control de Impresores Autorizados" seguida del número generado por el sistema.
La leyenda: "Efectos fiscales al pago", en los casos en que ésta aplique. [3]
La leyenda: "Impuesto retenido de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado", en los casos en que aplique. [4]
 
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DAMIAN23
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13/Sep/06 16:02
Re: Verificación de comprobantes

Muchas gracias...
 
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cisneros
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13/Sep/06 17:42
Re: Verificación de comprobantes

Colega yo tuve un caso similar, el mío era porque no tenia la colonia impresa. No creo que sea necesario lo del abogado, eso dejalo para después, lo que te recomiendo que hagas es simple, recurso de inconformidad en el plazo que te solicita la autoridad (los 3 días) y entregalo: A continuación te copie lo sustancial que anote en el escrito libre, espero que te sirva, no esta del todo correctamente bien redactado, pero me funciono y no me multaron. No hagas acaso a lo demás que no te aplica, porque voy de salida y no tengo tiempo de borrarlo, gracias

[size=18:964d3bf314]
"...Que vengo mediante el presente escrito a interponer mi inconformidad por las observaciones interpuestas de Oficio No. 324- SAT-11-III-1TA en la que se ordena visita domiciliaria para verificar la expedición de comprobantes fiscales.
HECHOS

Con fecha 16 de Octubre del 2004, la administración local de Auditoria Fiscal de León, mediante oficio No. 324-SAT-11-III-04 4650 mediante la cual se ordena la visita domiciliaria para verificar la expedición de comprobantes fiscales, asentando en Acta de visita Domiciliaria lo siguiente: “… expide comprobantes fiscales sin requisitos, en los cuales se observó que no contiene la colonia impresa, así como no desglosa IVA hecho que se comprueba con la verificación a la factura No. C 12317 del 16 de octubre del 2004…”

Que una vez que he revisado el Código fiscal de la Federación no se expresa textualmente articulo que mencione expresamente los requisitos que la autoridad requiere para que un dato sea considerado domicilio fiscal y mucho menos que se deba expresar la colonia con letra, la cual si se observa la Factura No. C12317 contiene impreso el C.P. 36000 que a mi criterio representa impreso, con número, la colonia.

Así mismo en cuanto a la observación de que no se desglosa el IVA menciono que el cliente no me proporcionó su R.F.C por lo que la misma ley me obliga a no desglosar dicho impuesto, considero que automáticamente se convierte en un comprobante simplificado que cumple con los requisitos mínimos ya que el comprobante que he proporcionado contiene requisitos todavía más que los mínimos exigibles por la propia autoridad. Además de conformidad con el Art. 47 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en el caso de servicios de hotelería incluyendo sus accesorios y de restaurantes, la documentación comprobatoria podrá trasladarse el impuesto al valor agregado en forma expresa y por separado, inclusive en servicios que preste al público en general, otorgándome la propia autoridad esta opción, pero no quiere decir que es una obligación.


Por lo antes expuesto, respetuosamente pido sea verificada y rectifique a mi favor las observaciones asentadas en el Acta mencionada con anterioridad.


Anexo a la presenté la siguiente documentación que comprueban los hechos:

• Original y copia del Oficio No.324-SAT-11-III-104 7250 en donde se habilita el día inhábil.
• Original y copia del Oficio No.324-SAT-11-III-104 4650 en donde se ordena visita domiciliaria para verificar la expedición de comprobantes fiscales.
• Original y copia del Acta de visita domiciliaria.
• Original y copia de la Factura C 12317
• Original y copia de Poder notarial No. 4352


Agradezco la atención que se sirva dar a la presente y quedo a sus órdenes para cualquier aclaración.[/size:964d3bf314]
 
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Ricitos
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13/Sep/06 18:43
Re: Verificación de comprobantes

Gracias Ricitos.
 
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cisneros
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13/Sep/06 19:25
Re: Verificación de comprobantes

[quote:8771c43882="cisneros"]Qué tal, buenos días...

El día de ayer nos hicieron una auditoría para verificar la expedición de comprobantes fiscales.

Al finalizar la revisión nos dijo el auditor que NO CUMPLÍAMOS con la obligación de expedir correctamente comprobantes fiscales, ya que en las notas de venta no aparece el código postal. [color=red:8771c43882]Nos hizo el comentario [/color:8771c43882]de que tenemos tres días para exponer "alegatos y pruebas", y que después iba a llegar una multa de $10,000.00

¿Es correcta esta multa por no contener la nota de venta el código postal?
¿Qué concepto de impugnación podría argumentar en una demanda de nulidad?
¿Alguien ya tuvo este caso?

En mi opinión muy particular considero que es una INJUSTICIA, ya que nosotros SÍ expedimos comprobantes fiscales por todas las ventas con el público en general, y no se vale que por el código postal nos quieran fincar una multa de $10,000.00

Muchas gracias por sus opiniones y aportaciones.[/quote:8771c43882]

A VER , DEJA ME REGRESO............EN RAZON DE LO MARCADO CON COLOR, EN EL ACTA ESTA FUNDADO QUE SON TRES DIAS ?, SI ES ASI, PUEDES METER EL RECURSO ASI, COMO DICE RICITOS , SIN VER AL ABOGADO

SALUDOS
 
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lobozac
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