14/Sep/06 9:13
Re: ASOCIACION CIVIL / DONATARIA
Efectivamente hay un problema, y éste surge porque estás modificando la actividad, o parte de la actividad de una persona moral sin fines de lucro, y ahora está realizando una actividad mercantil que es la de venta de desperdicio para el reciclaje.
En estricto sentido el pago que se recibe por ese desperdicio no puede ser un donativo porque no se está otorgando a título gratuito, sino que se da a cambio del desperdicio que se va a reciclar.
En todo caso, lo que puedes hacer es que la empresa le de la parte del donativo que le corresponde a la escuela, y la escuela (que supongo que es donataria autorizada), sin ningún problema le podrá expedir el comprobante respectivo, pero el problema de la AC que comentas sigue sin salvarse.
Te podría decir que arregles con la escuela que mejor el donativo se lo den en su totalidad a ella, y que la escuela a su vez te haga llegar la parte del donativo que te corresponde. De esta forma la operación está triangulada y ya no relaciona el donativo con la adquisición del desperdicio; sin embargo, la empresa que compra el desperdicio se queda con el problema de tiene un inventario de insumos sin comprobante fiscal, en cambio tiene un comprobante de donativo por la misma cantidad del material adquirido... y eso representaría un problema para esa empresa.
Definitivamente lo mejor será ver la posibilidad de que la AC haga facturas y las expida por la venta de ese material, y deducir el costo con los comprobantes de donativos. Por la utilidad que se genere, se tendría que paga el impuesto.
También tienes que ver la causación de IVA, la retención que lleva la venta de desperdicio y la recuperación del mismo.
Me parece que este problema es para verlo directamente con un asesor de forma personal y que se evalúen todos los elementos, porque una asesoría así a través del foro va a quedar muy incompleta e imprecisa... pero bueno, creo que estos son los elementos que debes considerar.
Th.