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11/Sep/06 16:54
PENSION POR VIUDEZ

Buenas tardes colegas, tenemos el caso de un empleado que tuvo un accidente durante el trayecto a su casa, en el cual perdió la vida, este empleado estaba casado y tiene dos hijos con su esposa, pero a la vez tiene otros dos hijos con otra persona. Creo que los ultimos 5 años estuvo -viviendo- con las dos.

Según el art. 64 fracc II de la LSS, señala la pensión por viudez a la esposa, en el art. 65 de la misma ley menciona los requisitos para otorgar pensión a concubina.

Pero mi pregunta es, los cuatro hijos y la esposa tienen derecho a la pensión?

La concuvina no tiene derecho a la pensión?

Gracias por sus comentarios.
 
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amigodetodos
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11/Sep/06 20:27
Re: PENSION POR VIUDEZ

[quote:c8267a4ff9="amigodetodos"]...Creo que los ultimos 5 años estuvo -viviendo- con las dos....[/quote:c8267a4ff9]
8O Buenas noches. ¿Es en serio....? La esposa es la "legal" beneficiaria [si es que en vdd estaban casados, pero ante tal asombrosa situación, ¿cómo saber?]

El 8O
Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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12/Sep/06 13:33
Re: PENSION POR VIUDEZ

Gracias Lic. pero entonces los dos hijos que tuvo con la concuvina, ellos no tienen derecho a los beneficios?

Gracias por sus aportaciones.
 
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amigodetodos
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15/Sep/06 9:34
Re: PENSION POR VIUDEZ

En el derecho civil existe la figura del "concubinato" pero para que se de la misma es necesario que uno de los concubinos no se encuentre sujeto a un vinculo matrimonial como lo es en este caso y que se traduce en un "adulterio", por lo que el derecho corresponde a la esposa ya que en relación a la otra persona no cabria la posibilidad de tener derecho alguno por que no es una "concubina".

Ahora bien, los hijos si estan reconocidos ante una Autoridad como lo es el Registro Civil (Cuestion de sacar un acta de nacimiento) si tienen derechos toda vez que la Ley habla de hijos sin distinción de con quien los procreo en caso de que esten reconocidos por el padre.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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15/Sep/06 15:00
Re: PENSION POR VIUDEZ

Gracias jjfarias por su aportación al tópico.

saludos
 
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15/Sep/06 17:00

La pensión quedaria así:
Ultimo salario base de cotización del trabajador por el 70%

A la esposa 40% del resultado anterior.
A cada uno de los 4 hijos (menores de 16 años) 20%

Ahora como la suma de porcentajes rebasa el 100% (80% hijos y 40%), se hara un prorrateo para que no rebase, quedaría así.

Viuda 33.33)
Cada hijo 16.67%
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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15/Sep/06 19:06
Re: PENSION POR VIUDEZ

thank you very much, my friend.
 
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