Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
31/Ago/06 12:04
REVISION IMSS POR UN PERIODO DE MAS DE 2 AÑOS.

Hola, buen dia a todos, que tan valida es una revision de gabinete por parte del IMSS en el sentido de que el requerimiento nos solicita una serie de documentacion e informacion entre otras por citar algunas inventarios de mercancias, planos arqutectonicos del local, procesos de trabajo, autorizacion para uso de suelo??? porque se me hace muy excesivo???? mas aparte que el periodo de revision es del 01 de enero del 2004 al 31 de julio del 2006.

nosotros como patrones tenemos alguna defensa????

me gustaria saber su opinion

de antemano gracias por su apoyo.

saludos...
 
Perfil

eguisa
Sargento Segundo

Mensajes: 60
Ingresó: Mayo 19, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
31/Ago/06 17:00
Re: REVISION IMSS POR UN PERIODO DE MAS DE 2 AÑOS.

De conformidad al artículo 15, fracciones IV y V de la LSS en correlación con el 42, fracción II y 28, útlimos dos p. y 48 del CFF tienen la obligación. Solo que, ante lo imposible nadie está obligado, la información que deben de presentar es la que forme parte de su contabilidad y lo Ustedes llevan. Sobre el perídodo ver artículo 67 del CFF.

Saludos cordiales
 
Perfil

FcoVG
Subteniente

Mensajes: 136
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Sep/06 16:41

Tambien en los fundamentos que utiliza el imss veelos ya que no estan bien fundamentados porque las revisiones es el comprobar con el cumplimiento de las obligaciones de los pagos por cuotas al imss, en el escrito de contestación les debes mencionar que te digan cuales son los fundamentos legales, precisos y claros en los cuales los facultan para solicitar esa información, ademas el Art. 5 C.F.F. son de aplicación estricta las disposciciones fiscales.
 
Perfil

AFPCP
Soldado

Mensajes: 10
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Sep/06 16:52
Re: REVISION IMSS POR UN PERIODO DE MAS DE 2 AÑOS.

Hola, claro que por supuesto que sí hay defensa patronal. Pero recuerda que dicha defensa procede contra ACTOS DEFINITIVOS, es decir tienes que esperarte a que la Autoridad Fiscal (IMSS) te emita una Resolución Fiscal Definitiva, como podría ser una Multa o Cédulas de Diferencias, las cuales sí puedes impugnarlas.

Los medios de defensa ante tales actos son:

1.- RECURSO DE INCONFORMIDAD.- El cual se presenta ante la Subdelegación correspondiente (la que te revisó) y se dirige al Consejo Consultivo Delegacional, el plazo es de 15 días. Fundamento legal 294 y 294 de ley del Seguro Social, así como el Reglamento del Recurso de Inconformidad.

2.- JUICIO DE NULIDAD.- Se presenta ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, dentro de los 45 días. Fundamento legal: Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

No te preocupes, mira por un lado, dejame comentarte que la mala noticia es que el Seguro Social como anda ahorita, lo más seguro es que por cualquier cosa (detalle) te determine Diferencias a cargo, y en su caso hasta multa.

Por otro lado, la buena noticia, es que dichos actos los puedes impugnar, y lo más seguro es que Ganar, pues la mayoría de los Actos del IMSS están indebidamente fundados y motivados.

Si gustas y en algo te puedo ayudar, quedo a tus órdenes, te dejo mi mail

Jovanny
jmbr3@hotmail.com
 
Perfil

jmbr3
Soldado

Mensajes: 2
Ingresó: Septiembre 12, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/Sep/06 10:44
Re: REVISION IMSS POR UN PERIODO DE MAS DE 2 AÑOS.

[quote:a82db05a14="eguisa"]Hola, buen dia a todos, que tan valida es una revision de gabinete por parte del IMSS en el sentido de que el requerimiento nos solicita una serie de documentacion e informacion entre otras por citar algunas inventarios de mercancias, planos arqutectonicos del local, procesos de trabajo, autorizacion para uso de suelo??? porque se me hace muy excesivo???? mas aparte que el periodo de revision es del 01 de enero del 2004 al 31 de julio del 2006.

nosotros como patrones tenemos alguna defensa????

me gustaria saber su opinion

de antemano gracias por su apoyo.

saludos...[/quote:a82db05a14]

Es cierto lo que menciona el compañero que me antecede, son actos instrumentales por lo que no cabria defensa alguna ante tales, si no hasta la resolución definitiva, y a como se ve, defintivamente no tiene facultades el IMSS para solicitar ese tipo de informes ya que son de naturaleza distinta (Claro a menos de que se trate de una construcción no registrada por lo que probablemente sea justificable) en virtud de lo anterior la orden traeria una falta de fundamentación y de motivación.

Asesorate y suerte.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
Perfil

jjfarias
Mayor

Mensajes: 1247
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1