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08/Ago/06 16:15
ARRENDAMIENTO FINANCIERO

BUENAS TARDES QUISIERA ME ASESORARAN
COMPRAMOS UNOS VEICULOS Y ME DIJERON QUE EN ARRENDAMIENTO
FINANCIERO LOS PODIA DEDUCIR AL 100%

QUISIERA SABER SI ES VERDAD.

DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS
 
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luisymarty
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08/Ago/06 16:47
Re: ARRENDAMIENTO FINANCIERO

NO

En el caso de que seas una PF la LISR habla sobre DEDUCCIONES en su Art. 172 y dice:

Las deducciones autorizadas en este Título para las personas físicas que obtengan ingresos de los Capítulos III, IV y V de este Título, deberán reunir los siguientes requisitos:

II. Que cuando esta Ley permita la deducción de inversiones se proceda en los términos del artículo 174 de la misma. Tratándose de contratos de arrendamiento financiero deberá estarse a lo dispuesto por el artículo 44 de esta Ley.
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
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08/Ago/06 18:27
Re: ARRENDAMIENTO FINANCIERO

Y ¿si es PM? :lol:
 
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BR1
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08/Ago/06 18:41
Re: ARRENDAMIENTO FINANCIERO

Si no me equivoco:
Arrendamiento financiero: atravez de instituciones bancarias, el banco paga por tí, o sea que ya es tu activo y ya no se lo debes a la agencia automotriz (deduces hasta el tope maximo de los 300,000 en el % anual que corresponda) acreditas el IVA del automovil

Arrendamiento puro: vas acreditando el IVA conforme pagues (como ventas en abonos porejemplo)

PD: asi me sirve practicar..y si estoy mal me dicen para ponerme a estudiar.
 
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BR1
Coronel

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08/Ago/06 19:27
Re: ARRENDAMIENTO FINANCIERO

[quote:af24474e3f="luisymarty"]
COMPRAMOS UNOS VEICULOS Y ME DIJERON QUE EN ARRENDAMIENTO
FINANCIERO LOS PODIA DEDUCIR AL 100%

[/quote:af24474e3f]

Al decir compramos quiere decir que ya desembolsaste todo el dinero por ellos? y deseas deducir al 100% todo el importe del bien? porque colega, hace algunos años maneje una compra de una camioneta en arrendamiento financiero y generalmente se caracterizan porque se asemejan a arrendamiento normal con opcion financiada a que tienes una opcion de compra al termino del contrato de arrendamiento.

En él te conceden el uso y goce temporal del bien (arrendamiento puro) pero el bien sigue siendo de la arrendadora, es decir no forma parte de tu activo fijo porque estas pagando una renta por el, pero al mismo tiempo te haces cargo de todos los impuestos (tenencia, multas y responsabilidades que conlleva tener un bien mueble. Lee cuidadosamente el contrato y alli especifica todo esto.

Mes a mes pagas una renta segun una tasa de amortización que incluye intereses ordinario, IVA y cauqlueir otro accesorio (moratorios en caso de que no pague en los tiempos y plazos señalados). Por esta mensualidad te expiden un comprobante con requisitos (estado de cuenta) el cual llevas directamente a resultados no sin antes acreditar el IVA, de tal manera que no formara parte de tu activo fijo ni mucho menos calcularas depreciación.

Al final del contrato de arrendamiento financiero te dan la opcion a compra de tal manera que te facturan por el resto o saldo insoluto y es como si compraras un bien usado, a partir de alli lo pasa a formar parte del valor de tu activo y calculas depreciaciones en base a esa ultima factura. En caso de que no lo compres no pasa nada y regresas el bien. En la ley si te especifican muy bien como manejar este tipo de arrendamientos pero por ahora no recuerdo los articulos cuando tenga algo de tiempo reviso y te aviso porque actualmente no se

Si me interesa que mas colegas opinen porque precisamente hoy me llego un cliente para regularizar el 2005 y presenta unos arrendamientos financiero de tres camiones de pasajeros y voy a investigar si cambio la reglamentacion al respecto porque si sigue igual, solo me queda una duda... En el caso mio es una persona fisica del regimen intermedio que se dedica a transporte publico de pasajeros y por tanto sus ingresos son exentos y por lo mismo el IVA de mis facturas mensuales de arrendamiento no podre acreditar... porque solo presta servicios a l publico en general tendre que enviarlos directamente al costo :(
 
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Ricitos
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09/Ago/06 12:28
Re: ARRENDAMIENTO FINANCIERO

Hola!

Estoy de acuerdo con Ricitos, asi es como nosotros lo manejamos.
Vas pagando la renta mensual de una activo que no es tuyo sino que es de la Arrendadora, entonces este gasto se registra como tal, en resultados.
Al final de la renta, que en nuestro caso son 36 mensualidades, tendremos la opcion de compra por una cantidad pequeña, si lo compramos entonces ya sera nuestro activo y podremos depreciar con base en el importe facturado.

Saludos!
 
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macapucc
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09/Ago/06 13:16
Re: ARRENDAMIENTO FINANCIERO

ANTERIORMENTE, SE HABLO SOBRE ESTE TEMA, ESTA EN LA PAG. 21 DEL FORO DE FECHA 13/06/06.
LIGA
www.fiscalia.com/postt23479.html
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
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09/Ago/06 19:39
Re: ARRENDAMIENTO FINANCIERO

Gracias por la liga, cuando en antaño inicio la modalidad de arrendamiento financiero se estaba registrando como un arrendamiento puro y efectivamente despues esa laguna se tapo para considerarlo como enajenación y se registra como adquisicion de activo fijo.

Concluyendo, el arrendamietno tiene el mismo tratamiento de compra de activo, las amortizaciones que se pagan mes a mes se toman en cuenta como un abono al financiamiento disminuyendo mi pasivo. Al termino del contrato si se adquiere el bien, se registra la diferencia como complemento a la adquisicion de activo fijo, si no opto por la compra se registra como ¿una venta de activo fijo??? Ver articulo 44 y 45 de la LISR :twisted:
 
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Ricitos
Sargento Primero

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09/Ago/06 20:44
Re: ARRENDAMIENTO FINANCIERO

EL NOBRE DE LA CUENTA EN EL ACTIVO, PUDIERA LLAMARSE BIENES EN ARRENDAMIENTO SUBCUENTA EQUIPO DE TRASPORTE ESTO FACILITARA EL REGISTRO CONTABLE FISCAL, Y AL FINAL DEL CONTRATO O DE LOS COTRATOS Y SEGUN LA OPCION QUE SE DESE DE REGISTRARA SI SE QUEDA COMO ACTIVO DEFINITIVO O NO.


SALUDOS CORDIALES
 
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gtzwelsh
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10/Ago/06 12:43
Re: ARRENDAMIENTO FINANCIERO

De acuerdo a lo que comentan entonces al iniciar el contrato y crear el pasivo realizan el cargo a una cuenta de activo fijo? y mes a mes van disminuyendo el pasivo. Y la deduccion es por medio de depreciacion, aun cuando no se tenga factura por ese activo?

Aqui lo que hacemos es realizar el cargo a resultados a la cuenta de "renta de equipo", provisionando el pasivo cada año, lo correspondiente al ejercicio.

Me interesa su opinion respecto a como lo manejamos.
Gracias.
 
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macapucc
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