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03/Ago/06 21:32
Ley gral de bienes nacionales ¿prescripcion?

Se que esto es meramente legal, pero me da flojera plasmarlo en el foro de mexico legal (por que luego no encuentro los temas de nuevo jeje), abogados ahi les va y si algun contador se la sabe pues adelante, se agradecen las opiniones:

Le quiero encontrar la logica a estos dos articulos..del por que tratan diferente a los muebles y a los inmuebles:

ARTICULO 60.[/b:53c2276673]
Los [b:53c2276673]inmuebles[/b:53c2276673] de dominio privado de la Federación son [b:53c2276673]inembargables e imprescriptibles[/b:53c2276673].


[b:53c2276673]ARTICULO 80.[/b:53c2276673]
Los [b:53c2276673]muebles[/b:53c2276673] de dominio privado de la federación son [b:53c2276673]inembargables[/b:53c2276673].

Los particulares [b:53c2276673]podrán adquirir dichos bienes por prescripción. La prescripción se regirá por el Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal; pero se duplicarán los términos establecidos por dicho Código para que aquélla opere. Lo anterior sin perjuicio de las disposiciones del derecho común sobre reivindicación de cosas muebles.

También será aplicable para dichos bienes lo previsto por el artículo 75.

PD:Me urge si no me corren (ah ya no se usa eso ¿verdad? jajjaa)
 
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04/Ago/06 17:50
Re: Ley gral de bienes nacionales ¿prescripcion?

Porque los tratan diferente?, por el valor que puedan llegar a tener.

Es muy lógico que pretendan proteger los bienes inmuebles que son de mas valor que aquellos muebles en donde al menos se protegen duplicando los plazos de prescripción, totalmente lógica la norma.

Si tienen un terreno de 1000 m2 lo protegen diciendo que no puede adquirise la propiedad por embargo o prescripción adquisitiva.

Si es un escritorio, a lo sumo duplican el plazo de prescripción.
 
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04/Ago/06 18:26
Re: Ley gral de bienes nacionales ¿prescripcion?

Sigo igual, comprendo totalmente tu razonamiento (y lo comparto), pero pues imaginate una maquinaria que pertenezca al estado..como que dejan eso desprotegido , que facil seria que los dos bienes tuvieran el mismo tratamiento de imprescriptibles ¿no crees? asi no perderian ninguna.....
 
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04/Ago/06 18:40
Re: Ley gral de bienes nacionales ¿prescripcion?

Estimo que no, el tema que los bienes muebles pueden variar mucho su valor, sería mejor si la ley dijera tratandose se bienes muebles mayores a x valor, serán imprescritibles, por el resto....lo que ya esta puesto.
 
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04/Ago/06 18:44

Lo que pasa es que el territorio es uno de los elementos esenciales del Estado( junto con la poblacion y el gobierno) razon por la cual resulta logico que el constituyente haya protegido tal con las figuras juridicas que comentas.

Con esto en mente podemos adverir que los bienes muebles son de un valor menor (no se entienda esto como valor pecuniario, sino cualitativo) y por ende el trato distinto.

Espero te ayude mi comentario

Saludos
 
DS
 
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04/Ago/06 18:49
Re: Ley gral de bienes nacionales ¿prescripcion?

Gracias por sus comentarios!!!!
Pues ni modo ya me tocaba ganar, promovere la prescripcion de una maquinaria que dejaron en uno de los lotes (ahi la vendo aunque sea por chatarra jejeje ..es broma, solo ejemplificaba)
 
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BR1
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