01/Ago/06 15:27
Re: Fin de los bienes
el dueño tiene la obligación de pagarle lo construido a precio de mercado (por que nadie puede hacerse rico a costa de otros) o bien que el duelo del terrerno a travez de un juez le pida que el que construyo tumbe la construcción y deje todo como estaba antes de iniciar la construcción si no el dueño del terreno tendra que comprar lo que pago la construccion.
en este caso lo accesorio no sigue la suerte de lo principal, (Esto es como para Servidumbre).
Todo esto biene el el codigo civil (Bienes) y debe ser el local de la entidad.
si es para abogados tu consulta, misma que se da todos los días en la vida practica.
por lo comun se llega a un acuerdo de que se le pide al constructor que tumbe su construcción, pero como este no tiene lana (POR que cuesta $$$) entonces como pago de indemización le deja lo construido.
Buenas tardes.
En el caso de (por ejemplo), PM tiene terreno, construye en el inmuebles que explota en su actividad (arrienda)....si dicho terreno es reclamado por alguien mediante juicio y se pierde dicho bien ¿lo construido en él tienen la misma suerte que el terreno? es decir se pierde terreno y construcciones (por aquel principio famoso de que lo accesorio corre la suerte del principal)....o existira alguna indemnizacio por ello.
Un saludo!