04/Ago/06 10:30
Re: INGRESOS POR SERVICIOS DE UNA SA
Relacionado con este tema, he tenido una inquietud desde hace algunos años, que ojala puedan comentar...
Las sociedades civiles en el caso planteado no acumularían sus ingresos en el mes de diciembre de 2005, sino en el mes de julio de 2006, de acuedo con lo establecido en el mismo numeral mencionado, pero las S.C. también son personas morales y tambien tributan en el titulo II.
Alguna vez leí sobre la inconstitucionalidad de este hecho, pues no hay equidad en el trato a estas personas, es decir, quiza la S.A. prestó un servicio y solo por este hecho tendría que acumular este ingreso en ese ejercicio, pero si uns S.C. presta EL MISMO SERVICIO, entonces lo acumularía hasta el momento del cobro. En este caso, procedería la Defensa Fiscal, pues la dispocicion esta en contra de los principios constitucionales.
Claro que con esto, unicamente se lograria diferir el pago del Impuesto hasta el momento en que se cobre.
¿Alguien podría dar su opinión al respecto?
De antemano, muchas gracias...
ESTRATEGyA CONTADORES PÚBLICOS, S.C.