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11/Jul/06 14:24
PARA EXPERTOS

El artículo 20 del reglamento del código fiscal de la federación en su 5to parráfo se menciona el cambio de domicilio fiscal mediante señalamiento en las declaraciones.

Situación

Una persona física tuvo actividad empresarial hasta el año 1998 donde dio suspensión de actividades, en el domicilio X.

En el año 2002, siendo integrante del consejo de administración de una sociedad, recibio cantidades por varios conceptos que al acumularlos, lo obligaron a presentar su declaración anual por rebasar los limites de 300,000.00 anuales. En esta declaración que se presento en el año 2003, se puso EL NUEVO DOMICILIO FISCAL.

La autoridad de manera arbitraria y por sistema le dan REINICIO DE OPERACIONES EN SU ANTIGUO DOMICILIO FISCAL, CON TODAS SUS OBLIGACIONES.

Al presentar la declaración del 2005, hay una cantidad importante por devolución de impuestos, la autoridad no la regresa automaticamente indicando que hay discrepancias de domicilios.

Se ha acudido con las autoridades del SAT y no reconocen lo expuesto en el artículo 20 5to parrafo del reglamento del código fiscal, con relación al cambio de domicilio.

Solicita la autoridad que primero reguralice sus situación fiscal, y que presente cambio de domicilio y todas las declaraciones en ceros a que esta obligado por su actividad empresarial?????.

¿Que hacer?
¿No entiendo la cerrazon de algunos funcionarios?, dentro de la misma oficina unos estan de acuerdo con la posición y otros están temerosos de tomar una decisión.

Desconozco si en la miscelnea fiscal vigente en el año 2002-2003, exista alguna disposición que refuerze el artículo 20 del reglamento del codigo fiscal.

Gracias por su tiempo y apoyo.

En materia fiscal solo se que ya no se nada
 
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Petrus
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11/Jul/06 16:38
Re: PARA EXPERTOS

[quote:971b2a26df="Petrus"]El artículo 20 del reglamento del código fiscal de la federación en su 5to parráfo se menciona el cambio de domicilio fiscal [color=red:971b2a26df]mediante señalamiento en las declaraciones.[/b:971b2a26df][/color:971b2a26df]


.......

CAMBIO DE DOMICILIO EN LAS [color=red:971b2a26df][b:971b2a26df]FORMAS [/b:971b2a26df][/color:971b2a26df]DE DECLARACIÓN QUE LO [color=red:971b2a26df][b:971b2a26df]PREVEAN[/b:971b2a26df][/color:971b2a26df]

Cuando en las [color=red:971b2a26df][b:971b2a26df]formas de declaración se prevea el señalamiento [/b:971b2a26df][/color:971b2a26df]de [color=blue:971b2a26df][b:971b2a26df]cambio [/b:971b2a26df][/color:971b2a26df]de [i:971b2a26df][u:971b2a26df]domicilio fiscal [/u:971b2a26df][/i:971b2a26df]y así se manifieste, se considerará presentado el aviso a que se refiere este artículo al presentarse dicha declaración ante la autoridad recaudadora correspondiente

CONSIDERO QUE LA AUTORIDAD "TIENE" RAZON YA QUE SI ANALIZAMOS ESTE PARRAFO BAJO LA PERSPECTIVA DEL ART 5 DEL CFF EN SU PRIMER PARRAFO...........LA APLICACION , ES ESTRICTA


LA ORACION DICE; QUE EN LAS FORMAS SE "PREVEA" EL "SEÑALAMIENTO" DE [color=blue:971b2a26df][b:971b2a26df]CAMBIO DE DOMICILIO[/b:971b2a26df][/color:971b2a26df].........EN EL FORMATO DE LA ANUAL.........NO EXISTE NINGUN RENGLON QUE "PREVEA SEÑALAR" TU [color=red:971b2a26df][b:971b2a26df]CAMBIO DE DOMICILIO[/b:971b2a26df][/color:971b2a26df]

ES DECIR; "SEMANTICAMENTE", LA ORACION [color=red:971b2a26df][b:971b2a26df]NO [/b:971b2a26df][/color:971b2a26df]TE PERMITE [color=red:971b2a26df][b:971b2a26df]CAMBIAR [/b:971b2a26df][/color:971b2a26df]DE DOMICILIO

TE PERMITE; "SOLO" SEÑALAR EL DOMICILIO.........MAS NO CAMBIARLO



Situación

Una persona física tuvo actividad empresarial hasta el año 1998 donde dio suspensión de actividades, en el domicilio X.

En el año 2002, siendo integrante del consejo de administración de una sociedad, recibio cantidades por varios conceptos que al acumularlos, lo obligaron a presentar su declaración anual por rebasar los limites de 300,000.00 anuales. En esta declaración que se presento en el año 2003, [color=red:971b2a26df][b:971b2a26df]se puso [/b:971b2a26df][/color:971b2a26df]EL NUEVO DOMICILIO FISCAL.

La autoridad de [color=red:971b2a26df][b:971b2a26df]manera arbitraria [/b:971b2a26df][/color:971b2a26df] ... y por sistema le dan REINICIO DE OPERACIONES EN SU ANTIGUO DOMICILIO FISCAL, CON TODAS SUS OBLIGACIONES.

Al presentar la declaración del 2005, hay una cantidad importante por devolución de impuestos, la autoridad no la regresa automaticamente indicando que hay discrepancias de domicilios.

Se ha acudido con las autoridades del SAT y no reconocen lo expuesto en el artículo 20 5to parrafo del reglamento del código fiscal, con relación al cambio de domicilio.

Solicita la autoridad que primero reguralice sus situación fiscal, y que presente cambio de domicilio y todas las declaraciones en ceros a que esta obligado por su actividad empresarial?????.

¿Que hacer?
¿No entiendo la cerrazon de algunos funcionarios?, dentro de la misma oficina unos estan de acuerdo con la posición y otros están temerosos de tomar una decisión.

Desconozco si en la miscelnea fiscal vigente en el año 2002-2003, [color=red:971b2a26df][b:971b2a26df]exista alguna disposición [/b:971b2a26df][/color:971b2a26df]que refuerze el artículo 20 del reglamento del codigo fiscal..........[color=blue:971b2a26df][b:971b2a26df]DUDO QUE EXISTA[/color:971b2a26df]

Gracias por su tiempo y apoyo.

En materia fiscal solo se que ya no se nada[/quote:971b2a26df]

PERO TE COMENTO QUE ES TEMA UN POTENCIAL PRECEDENTE........NO CREO QUE POR EL "SIMPLE" RECURSO DE REVOCACION, PUEDAS HACER ALGO.......PARA MI QUE TE QUEDARIA EL JUICIO............

O HAZLO COMO ELLOS SUGIEREN.....Y ASI OBTENDRIAS TU DEVOLUCION

PERO SACA TU COSTO - BENEFICIO

ES MI OPINION.............ESPEREMOS OTRAS

AHHHHHH, Y ESTO NO ES DE EXPERTOS, CREO QUE POR ESO "ELLOS" NO TE HAN RESPONDIDO


SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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