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Más beneficios fiscales a cambio de ayuda humanitaria
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Más beneficios fiscales a cambio de ayuda humanitaria
escrito por Felipe Morales Fredes
lunes, 10 de julio de 2006
Las empresas que tengan mercancías y productos que hayan perdido su valor por algún deterioro y decidan donarlos a asociaciones civiles que atienden a personas de escasos recursos, podrán deducirlos de sus inventarios como beneficio ante al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
La Secretaría de Hacienda publicó hace unos días en el Diario Oficial de la Federación una reforma al artículo 31 de la Ley del ISR, con la que el Congreso de la Unión amplió el universo de productos susceptibles de donación en beneficio de los sectores más pobres y en apoyo a las organizaciones sin fines de lucro.
La legislación vigente hasta hace unos días daba el beneficio sólo a las empresas que donaran alimentos o medicamentos,[color=red:894c46c846] y ahora se amplía a cualquier mercancía, materia prima, productos semiterminados o terminados que se entreguen a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles [/color:894c46c846]y que se dediquen también a atender requerimientos básicos de vestido o vivienda.
De acuerdo con el dictamen aprobado por el Congreso de la Unión en abril pasado, en México existen actualmente 26 millones de personas que no cuentan con recursos para satisfacer sus necesidades básicas de alimentación y, en contraste, diariamente se tiran 17,000 toneladas de alimentos que sufren algún deterioro en su empaque, presentación o madurez, pero que todavía se encuentran en condiciones favorables para el consumo humano.
FUENTE: http://portal.imcp.org.mx/content/view/3085/74/
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