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05/Jul/06 12:46
duda sobre compensación

Expongo mi problema:

1. en el ejercicio 2004 se genero Impuesto a Favor de IMPAC.

2. Durante 2005 en los pagos provisionales de IMPAC que se realizaron en portal bancario, estuve compensado dicho saldo a favor y no genere pagos. Todos (los 12 meses), mi saldo a favor logro cubrir los pagos provisionales por lo que el pago efectivo fue de $ 0.00

3. Pero, aqui viene el GRAN error. NO se presentaron los Avisos de compensación de ningun mes.

4. Mi pregunta es: que me sugieren para tratar de corregir este error. En asesoria me dicen que deberia presentar complementarias de todos los meses para estar en tiempo de poder presentar los avisos de compensación.

5. Asi mismo, quisiera saber los requisitos para el aviso de compensacion (ademas del formato 41). Soy Persona Moral que se Dictamina. Cabe aclarar que seria la primera vez que se tiene un saldo a favor en un impuesto y que se compensa.



Les Agradezco de antemano la ayuda que me puedan brindar.
 
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jluis_15
Soldado

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05/Jul/06 14:09
Re: duda sobre compensación

Si no media requerimiento, creo que puedes aun presentar los avisos expontaneamente.....sin nigun riesgo
 
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BR1
Coronel

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05/Jul/06 15:37
Re: duda sobre compensación

HOLA jluis_15:
Compensaciones
• Avisos de Compensación del Impuesto al Activo
Fundamento legal: CFF 23; RCFF 13; RMF 2.2.5 y 4.8
1 Forma fiscal 41 "Aviso de Compensación" (duplicado). X X
2 Tratándose de la primera vez que solicita compensación o lo haga ante una Unidad
Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del
documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del
representante legal que promueve
3 Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada, y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
4 Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal
(Credencial de Elector, Certificado de Matricula Consular o Pasaporte vigente).
5 Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto retenido, (constancias de retenciones
con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que
consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre
otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.

ESTOY DE ACUERDO CON BR1 DE QUE SI PUEDES METER TUS AVISOS AUNQUE SEAN EXTEMPORANEOS.

ESPERO TE SIRVA ESTA INFORMACION :)
 
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EDITORIAL
Sargento Segundo

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05/Jul/06 17:43
Re: duda sobre compensación

pues muchisimas Gracias, con sus puntos de vista aclare mi panorama y procedere a presentar los avisos en forma inmediata.

Saludos y Gracias nuevamente.
 
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jluis_15
Soldado

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05/Jul/06 22:13

jluis_15

ME SURGE LA INQUIETUD AL MENCIONAR QUE TE DICTAMINAS, DICTAMINARON EL EJERCICIO DE 2005? QUE PUSO TU AUDITOR EN LOS ANEXOS 8, 9, 10 Y 11? CUANDO SE PRESENTÓ EL DICTAMEN.

LO ANTERIOR PORQUE EL ART. 73 DEL CFF ESTABLECE QUE NO SE CONSIDERARÁ ESPONTANEO LOS IMPUESTOS QUE SE PAGUEN 10 DÍAS DESPUES DE QUE SE PRESENTE EL DICTAMEN.

TE SUGIERO QUE PRESENTES LOS AVISOS DE COMPENSACIÓN A LA BREVEDAD POSIBLE.
 
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marruben
Subteniente

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06/Jul/06 14:09
Re: duda sobre compensación

el dictamen 2005 aun no se ha presentado por este motivo. el dictaminador me pide que presente primero los avisos de compensación.
 
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jluis_15
Soldado

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06/Jul/06 14:18

Quisiera anadir que ya la corte emitio un criterio en el sentido que el hecho que los avisos no se presenten dentro de los 5 dias no trae como consecuencia que invalide la compensacion. En todo caso te harias acreedor a una sancion administrativa, que si lo presentas antes de que medie requerimiento se consideraria espontanea y no habria multa.

saludos
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero

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