En el Articulo Publicado por fiscalia con nombre Reforma al Codigo Fiscal de la Federaciòn, en la regla 2.7 Art 29-a CFF, dice:
Cambios importantes .........., y la vigencia de comprobantes se reduce de dos años a seis meses
Y en su Regal 2.7.4 dice
El plazo de vigencia de los comprobantes autorizados por el SAT es dos años, plazo que podrá prorrogarse cuando se cubran los requisitos que señale el SAT.
Y tengo la duda de que plazo es el que queda oficialmente???
Esperando que me puedan resolver esta duda quedo agradecido por su atencion
BUSCA EN EL DECRETO YA PUBLICADO Y AHI SALDRAS DE DUDAS
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
Buenos dias a todos yo tambien tengo la misma duda, pero segun el parrafo creo que se refiere a: Emisión de comprobantes digitales a través de terceros, ojala alguien mas pudiera aclarar nuestra duda.
Gracias y buen dia a todos
Haz lo que puedas, pide lo que no puedes, Dios te dará para que puedas!!!
San Agustín