Aunque habria que conocer detalle del tipo de software a que te refieres, en mi caso aplico la Fracc IV, del Art. 39.Aunque puede haber otros criterios. Esperemosmasn comentarios.
Depende del costo del software, para llevarlo a gastos directamente.
Porque lo que es la tecnologia, ya en 4 años cualquier programa o equipo electronico se vuelve obsoleto.
(cada año, nos actualizan el compaq, yo no amortizo, lo llevo a gastos).
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.