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29/Jun/06 17:17
¿PORQUE DEVOLUCIONES MENORES A LA ANUAL 2005?

QUE TAL, MUCHOS SALUDOS.

Sucede que los saldos a favor de ISR presentados en la anual 2005, y solicitados en forma automática han sido devueltos por la SHCP...!¡PERO EN IMPORTES MUCHO MENORES A LOS PRESENTADOS!!.

¿se les ha presentado este caso? ¿a sus contribuyentes les han devuelto el 100% del saldo a favor que se presento en la anual 2005? ¿acaso la SHCP cree que es suficiente al realizar un deposito por una minima parte?
Porque realmente es indignante!!!

He tenido dos casos:
el primero se presento la anual 2005 pero con la opcion del cálculo NO automático y resulta que la secretaria realizo la devolucion por un importe al que resultaria si se realizaba el calculo AUTOMATICO, ( la unica diferencia entre ambos calculos era el subsidio acreditable que la verdad se porque varia )
el segundo: se presento la anual con calculo automatico, y ni asi hay una devolucion por dicho importe.

Espero sus comentarios y opiniones a este caso que realmente me parece indignante.
gracias.
 
&CH
 
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anaili
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30/Jun/06 10:50

En lugar de rechazar el SAT, las devoluciones, por diferencias menores, esta optando por devolver, el saldo que considera correcto.
Sobre, los datos captados, de las declaraciones informativas presentadas
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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30/Jun/06 11:26
Re: ¿PORQUE DEVOLUCIONES MENORES A LA ANUAL 2005?

Bueno VABDO , pero entonces esta realizando un cálculo completamente diferente en base a quien sabe que articulos, porque el contribuyente solo tiene un patron (ya que es el rep. legal de la cia. y esta dado de alta como salrios) y la constancia es la misma que se imprime de la declaracion informativa, creo que por los "datos " presentados no hay diferencia alguna. Aunque me parece que la secretaria cree que es lo justo en realizar "una devolucion" por una insignificancia y no por lo que le corresponde al contribuyente.
¿sera que solo relizando un juicio se obtenga lo que le corresponde? (y se que va a salir mas caro el juicio que la cantidad peleada).
 
&CH
 
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anaili
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30/Jun/06 11:37

ASI SERIA, ...........TE QUEDA EL JUICIO

COSTO-BENEFICIO

SALUDOS
 
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lobozac
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30/Jun/06 11:40

Considero que primero revises, que sean iguales los datos de la declaracion informativa de la empresa, con los de la declaracion del contribuyente. y en caso de ser iguales (otro dato erroneo que se presenta es el subsidio acreditable).

presenta la solucitud devolucion (formato 32). No hay necesidad de juicio, estos tramites son validos.
 
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vabdo
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