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28/Jun/06 8:42
NO PAGO DE RETENCION DE ISR X CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO

Si yo le pago a un experto trabajador, para que este a su vez, enseñe a los demas trabajadores a realizar un trabajo manual que es su especialidad, y le pretendo dar un pago adicional por este servicio, se lo voy a dar como [color=red:a47c1d1cff]capacitacion y adiestramiento[/color:a47c1d1cff], cumpliendo claro con formalidades laborales.

bien expuesto esto como veran ustedes:

1.- por lo que le pagare (ADICIONAL), no le retendre I.S.R.
2.- para el seguro social no se si integrara, tal vez no porque no es un pago por sus servicios.

a ver compañeros como ven opinen a ver si entra dentro del check list de estrategias fiscales.

saludos.
 
'He tomado sobre mi el monopolio de mejorar sólo a una persona, y esa persona soy yo mismo, y sé cuán dificil es conseguirlo' Mahatma Gandhi.
 
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ELNUME
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28/Jun/06 12:36
Re: NO PAGO DE RETENCION DE ISR X CAPACITACION Y ADIESTRAMIE

El nombre que quieras darle, integra y grava a menos que se encuentre entre los conceptos que considera el articulo 109 de la ley de ISR o dentro de los establecidos en el artículo 27 de la ley del IMSS.

Y el concepto que comentas no se establece en ninguno de los fundamentos que mencioné, por lo tanto integra y grava al 100%

Espero te sirva mi comentario

saludos
 
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odatnem
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