23/Jun/06 16:38
Re: PLAZO DE 5 DÍAS PARA RESOLVER
De conformidad con el Art. 23 de la Ley de Amparo son días para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo, todos los dias del año, con exclusión de los sabados y domingos, el 1 de Enero, 5 de Febrero, 1y 5 de Mayo, 14 y 16 de Septiembre, 12 de Octubre y 20 de Noviembre.
Por otro lado el Art. 24 de la citada Ley, señala que para el computo de los términos en el juicio de amparo se sujetará a las siguientes reglas:
I.- Comenzará a correr desde el día siguiente al en que surta sus efectos la notificación, y se incluira el dia de su vencimiento;
II.- Los términos se contarán por días naturales, con exclusión de los días inhábiles…
Y por último con fundamento en el Art.34 fracc. II, las notificaciones surtirán efectos, “..desde el día siguiente al de la notificación personal o al de la fijación de la lista en los juzgados de distrito, Tribunales Colegiados…”
Por lo que en tu caso, si te notificaron personalmente el dia 20, surte efectos el dia 21, a partir del día 22 inicia el computo del plazo, siendo ese el primer día, el 23 el segundo, el 26 el tercero, el 27 el cuarto y finalmente el 28 el último día.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
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SALUDOS