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31/May/06 12:19
Utilidades de ejercicios ante

Buenas Tardes, espero alguien me pueda ayudar en el siguiente caso:

Somos una empresa S.A. de C.V. tenemos 10 años de habernos constituido, el detalle que se nos presenta ahora es que hasta el año 2004 nunca se decretaron dividendos sobre las utilidades reportadas a final de cada ejercicio; las dudas son las siguientes:

1. Saber si estamos obligados a decretar dividendos o si es por acuerdo de los socios, es decir si no se decretan dividendos no tenemos ningun problema legal (de acuerdo a lo que hemos investigado no encontramos fundamento legal que nos obligace a decretar dividendos).

2. Una de las acciones que queriamos tomar era protocolizar un acta en donde se dijiera que los socios renuncian al reparto de utilidades de esos años, esto para evitar que en un futuro algun socio pudiese reclamar esas utilidades, obviamente esto seria un acuerdo de los socios.

3. Otra opción que propone un socio es decretar dividendos y reinvertirlos en el capital social, es decir aumentar las acciones de cada socio; aqui la duda es que de acuerdo a la ley del isr, cuando decreto utilidades y reinvierto dentro de cierto tiempo despues de que se decretan estan exentas del pago del impuesto, hasta que se disminuya el capital, la duda es en el sentido de que aunque se decretaran en este momento los dividendos corresponden a ejercicios anteriores.

4. Cual sería realmente nuestra mejor opción sobre todo legalmente.

Gracias por la atención a este mensaje.

Saludos
 
CONTADURIA EN INFORMATICA
 
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cont_en_inf
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31/May/06 13:45

No tienes ningún problema por no haber decretado dividendos.

Las utilidades de la empresa, forman parte del capital contable.

Si los socios no necesitan retirar dividendos, yo dejaria los saldos como estan.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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01/Jun/06 10:12
Re: Utilidades de ejercicios ante

Estoy de acuerdo con MEM no se tien obligacion de repartir dividendos hasta que por acuerdo de asamblea lo autorisen los accionistas y ningun socio puede reclamar sus parte que le corresponde de las utilidades si nunca se acordaron en asamblea.

Las acciones que provengan de la capitalizacion las utilidades, para efectos fiscales no tienen costo fiscal y tampoco te incrementa el saldo de la CUCA.

Deja todo tal y como esta y dale una revisada a los efectos fiscales que pudieras tener en las diferentes opciones que tienes
 
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gerardoba
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