ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR EN QUE TOPICO PUBICO O EN DONDE VIENE LA BASE DE IVA, CUANDO UN CONTRIBUYENTE SE DICTAMINA PARA EFECTOS FISCALES, TIENE LA OPCION DE INTEGRAR LA BASE HASTA EL DIA 28 O 29 DEL FIN DE MES Y NO HASTA EL ULTIMO DIA?
Tu pregunta no si se si realmente es especifica de IVA o aplica en general a la determinación del periodo en general para cualquier contribución.
Recuerdo el caso y palabras mas menos, palabras menos lo que te da es la posibilidad de determinar el periodo del día 28 de un mes al día 27 del siguiente o algo así.
No encuentro el fundamento, estime encontrarlo en CFF o en IVA, pero no lo encontre, no vaya a ser que haya salido en Ley de Ingresos con eso de que ocasionalmente se les ocurre legislar desde otras leyes....
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
CFF 32-A (01/01/2005). PERSONAS OBLIGADAS A DICTAMINAR
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Los contribuyentes personas morales que dictaminen sus estados financieros por contador público registrado, podrán optar por efectuar sus pagos mensuales definitivos y aquellos que tengan el carácter de provisionales, considerando para ello el período comprendido del día 28 de un mes al día 27 del inmediato siguiente, salvo tratándose de los meses de diciembre y enero, en cuyo caso, el pago abarcará del 26 de noviembre al 31 de diciembre del mismo año, y del 1o. de enero al 27 del mismo mes y año, respectivamente. Quienes ejerzan esta opción la deberán aplicar por años de calendario completos y por un período no menor de 5 años.