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22/May/06 16:12
REPARTO DE PTU A TRABAJADORES EVENTUALES

En que fecha se debe de realizar el pago de la PTU a trabajadores que hayan trabajado mas de 60 dias en la empresa pero que no se encuentren activos a la fecha??

Saludos
 
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getaxt
Cabo

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22/May/06 16:41
Re: REPARTO DE PTU A TRABAJADORES EVENTUALES

En la misma fecha que a los demas, es decir en el mes de mayo.
Pudes poner un anuncio en el periodico informando que los trabajadores que laboraron durante el ejercicio 2005, pasen a recoger sus utilidades.

Si te quedan utilidades sin recoger, el proximo año las acumulas al reparto del ejercicio 2006.
 
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CPTOPETE
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23/May/06 14:23
Re: REPARTO DE PTU A TRABAJADORES EVENTUALES

Vid. Artículo 122 LFT, donde una ley no distingue, no se debe distinguir.

Lic. Francisco Vázquez García
 
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FcoVG
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23/May/06 20:31
Re: REPARTO DE PTU A TRABAJADORES EVENTUALES

:( Pregunta repetida... esta no la habia visto... :(
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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24/May/06 19:36
Re: REPARTO DE PTU A TRABAJADORES EVENTUALES

El fundamento es el art 127, fraccion VII, LFT
 
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CPTOPETE
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25/May/06 8:55
Re: REPARTO DE PTU A TRABAJADORES EVENTUALES

Me temo la fracción en cita no aplica al caso solicitado, pues el fundamento que Usted cita refiere:

"VII. Los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades de la empresa cuando hayan trabajado sesenta días durante el año, por lo menos."

Pero ya que tocó el tema, ¿sabe Usted quienes son trabajadores eventuales?

Lic. Francisco Vázquez García
 
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25/May/06 21:42
Re: REPARTO DE PTU A TRABAJADORES EVENTUALES

Bueno vamos aclarando, cierto es que en la pregunta no hace mencion a los trabajadores eventuales, pero como en el Asunto lo manifesto como: REPARTO DE PTU A TRABAJADORES EVENTUALES, pues considere obvio que le fundamento es el que hace referencia a dichos trabajadores.

Las empresas agricolas trabajan con el 90% o menos de su personal con trabajadores eventuales del campo, que son los que conozco.

Que es un trabajador eventual?, bueno la Ley Federal del Trabajo hace mencion de ellos, dando por hecho que existen, aunque no aclare cuales son, como lo hace cuando menciona a los trabajadores de planta. Por ello deja abierto el Art.17 para que busquen su definición en donde la encuentren.

Las empresas agrícolas lo encuentran en las facilidades administrativas para efectos de ISR, así como en la Ley del Seguro Social, recien reformada, en base precisamente a eso, al que no existía una definición clara de que es un trabajador eventual.

Las autoridades fiscales, laborales y el IMSS, te los reconocen sin ningún problema, la verdad desconozco a otras ramas similares que los consideren eventuales. En el campo pues se les considera eventuales porque solo vienen a trabajar algunos días, ya sea por las necesidades de la empresa, por ejemplo en época de cosecha si pizcas cada tercer día pues únicamente laboran esos días, o si al trabajdor le da la gana viene cuando quiere, o un día va con un patron y al siguiente con otro, etc. así que se les considera eventuales. Es decir las empresas agrícolas no tienen ningun problema al considerarlos así, los demás bueno pues habría que analizar su situación , no se tal vez la construcción u otra industria semejante.

El capitulo VIII de la LFT, hace mención de los trabjadores del campo y el artículo 280 dice: LOS TRABJADORES QUE TENGAN UNA PERMANENCIA CONTINUA DE TRES MESES O MAS AL SERVICIO DE UN PATRON, TIENEN A SU FAVOR LA PRESUNCION DE SER TRABAJADORES DE PLANTA. Que quiere decir con esto?, que si no son de planta entonces son eventuales.

Por eso considerando la pregunta de cuando se le reparten utilidades a los trabjadores eventuales (en este caso del campo) que hayan laborado mas de sesenta días pue es en la misma fecha que a los demás.
 
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CPTOPETE
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26/May/06 9:43
Re: REPARTO DE PTU A TRABAJADORES EVENTUALES

Muy bien, partiendo de la interpretación analógica que deriva del 17 de la LFT, nos remitimos a la LSS, art. 5A, fracción VII.

Saludos

Lic. Francisco Vázquez García
 
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FcoVG
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26/May/06 10:29

Aunque casi todas las empresas PM, pagan en los ultimos dias de mayo el PTU.

En una empresa textil de la cual soy el contador, establecimos pagar el ptu a los trabajadores vigentes antes del 10 de mayo, para que tengan un dinero extra para el regalo.

A los trabajadores que ya no laboran con nosotros, tenemos por costumbre entregarles su cheque el ultimo lunes de mayo... aunque no ponemos anuncio la gran mayoria acude por su cheque.

Despues de mayo es raro que alguien nos reclame su reparto, aunque les dejamos disponible su ptu todo el año.

Saludos.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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