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19/May/06 11:56
RECUPERACION POR SEGUROS DE SINIESTROS

BUENOS DIAS, DISCULPEN LAS MOLESTIAS PERO NECESITO SU AYUDA.
¿ LOS INGRESOS X RECUPERACION DE SEGUROS POR SINIESTROS GRANVAN IVA?



OTRA PREGUNTA, POR REQURIMIENTO POR DOCUMENTACION
ABRA ALGUN ARTICULO VIGENTE, DONDE ME DIGA QUE A SUPLENCIA`POR AUSENCIA DEL ADMINISTRADOR LOCAL (DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES), SE PUEDA CANCELAR EL OFICIO DEL REQUERIMIENTO.


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uier
Subteniente

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21/May/06 14:24
Re: RECUPERACION POR SEGUROS DE SINIESTROS

uier:

Para responder a su pregunta considero importante aclarar que no es el ingreso el que está gravado con IVA, sino el acto que se realiza por el cual deriva el ingreso.

Por tanto, depende del tipo de siniestro que haya sufrido para saber qué tipo de indemnización o pago está usted recibiendo, y así saber qué acto es el que se está realizando y quién lo está realizando.

Su puede usted ser más específico e indicar qué tipo de siniestro es el que sufrió, y con gusto podemos profundizar.
 
|°¬|Cavas
 
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Cavas
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22/May/06 10:05
Re: RECUPERACION POR SEGUROS DE SINIESTROS

Mi experiencia con este tipo de indemnizcaciones es la siguiente:

1. La Aseguradora simplemente paga la indemnización[/b:83333b4f2f]: Este acto no Grava para IVA ya que el mismo no encuadra dentro de ninguna de las actividades que menciona el Artículo 1 de la LIVA que son: Enajenación, Prestación de Servicios, Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes, importación. La Aseguradora va a pedir una factura en la que se especificará que se trata de la indemnización pero no hay necesidad de desglosar IVA.

2. La Aseguradora decide [b:83333b4f2f]comprarte el activo maltratado: En este caso, tú realizas la enajenación del activo en las condiciones que se encuentre con todas las implicaciones para efectos de IVA y para efectos de ISR; es decir, hay que calcular la utilidad/pérdida fiscal por la venta de activo con su depreciación, facturar, etc...

Espero esto sea de utilidad. 8)
 
'...Sobre poco has sido fiel; Sobre mucho te pondré...' Mateo 25:21
 
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danielk19
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22/May/06 11:55
Re: RECUPERACION POR SEGUROS DE SINIESTROS

Coincido contigo danielk19
 
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JJOSEJJUAN
Cabo

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23/May/06 8:23
Re: RECUPERACION POR SEGUROS DE SINIESTROS

Cuidado con este tipo de asuntos...

Coincido con Cavas en que depende del riesgo amparado el tipo de tratamiento que tendrá.

Las aseguradoras en la práctica manejan estos asuntos como les conviene a ellos, pero no es necesariamente como lo marca la Ley.

Las personas que no saben aceptan lo que la aseguradora les dice, pero el problema siempre es para el contribuyente que recibe el pago.

Mejor aclara qué tipo de siniestro es para comentarlo.

Salud,

Vala
 
Vala
 
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XAXX
Sargento Primero

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