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09/May/06 13:24
Ni para que andar con pleitos

Buenos dias.

Aun cuando ya no se escucha sobre el tema de negativas de solicitud de saldos a favor.....plasmo lo siguiente:

El Senado de la República aprobó, por unanimidad, el Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y establecen diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación. Se trata de la reforma más importante a dicho Código en los últimos 10 años.

Entre las reformas al Código Fiscal de la Federación, aprobadas por el H. Congreso de la Unión se establecen diversas medidas de simplificación que traerán beneficios para los contribuyentes y permitirán modernizar la actuación del Servicio de Administración Tributaria. Entre dichas reformas se encuentran las siguientes:

*En materia de devoluciones, con el fin de evitar retrasos innecesarios y trámites adicionales, se establece que cuando el contribuyente haga una solicitud y existan errores aritméticos en el cálculo del saldo a favor, el SAT devolverá las cantidades solicitadas, sin que sea necesario que presente una declaración complementaria.

Espero que no exista alguien que haya metido "pleito" cuando le negaron devoluciones por errores aritmeticos por que es claro que si procedian reiniciando el trámite.
 
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BR1
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18/May/06 17:00
Re: Ni para que andar con pleitos

Pues muy bien, no?
 
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Cheque
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18/May/06 18:15
Re: Ni para que andar con pleitos

no pues si.....

pero, para que se esperaban (los contribuyentes digo, por que hubo cada pleito o desatencion a reiniciar tramites), si era algo lógico (aunque la ley nunca le debes buscar la lógica por riesgo de volverse loco)...pero en estos caso, era obvio.....no digo que no paguen abogados pero, hay que ahorrar para que el jefe nos pague mas (jajaja en algunos casos parece servicio social a la comunidad)...
 
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BR1
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18/May/06 18:23

Te quito la que te di hace rato!!!
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
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18/May/06 18:37
Re: Ni para que andar con pleitos

jajajaaja.....

deja me repongo:

Es que a los abogados, no los debe molestar uno por insignificancias del 10% sobre el saldo recuperado...¿que son 100 o 200 mil por un pleito sin chiste, que solo representa desgaste de 1hora de su valioso tiempo?


Estuve bien?
jajajaja
 
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BR1
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18/May/06 18:52

jajajaja hasta pereces abogado!!!
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
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19/May/06 7:49
Re: Ni para que andar con pleitos

No es el desgaste de una hora, es la inversión de tiempo inicial para hacer una demanda tipo, que luego se replica, pero no es nada mas de cambiar el nombre a las partes, si haces eso y no repasas los detallas, se te puede ir una y caminaste con el juicio.

No hay litigios sin chiste, hay juicios con mas probabilidad de ganar que otros, pero por mas que sea seguro si lo haces con un baratero, lo mas seguro es que lo pierdas.
 
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Cheque
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19/May/06 11:23
Re: Ni para que andar con pleitos

Deacuerdo, a lo que voy (o iba) es que en el caso especifico de negacion de dev saldos a favor parcial o total.... no fue (o no debio ser) tan complicado aquello de "se considerara negado" ........... fue (o es) mas que nada una artimaña por parte de la autoridad para desalentar a los contribuyentes que no cuentan con un respaldo 100% profesional (contador-abogado) para insistir de nuevo.............digo, por aquello de que conoci casos en los que el contador insistio y obtuvo la devolucion de aquello que fue negado, aun en casos que parecian perdidos, y como dijo alguien por ahi "si obtienes en dev dicho saldo, quizas a futuro la autoridad considerara que lo obtuviste y no te corresponderia..ahí entrara el abogado" :evil:
 
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BR1
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22/May/06 16:10
Re: Ni para que andar con pleitos

[quote:55f007dd87="Cheque"]No es el desgaste de una hora, es la inversión de tiempo inicial para hacer una demanda tipo, que luego se replica, pero no es nada mas de cambiar el nombre a las partes, si haces eso y no repasas los detallas, se te puede ir una y caminaste con el juicio.
Hola Cheque y no hay que hacer menos a lo que establece la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo que establece la aplicación de costas en favor de la Autoridad Demandada cuando existan propositos dilatorios en la impugnación de resoluciones. Asi es que cuidado.

No hay litigios sin chiste, hay juicios con mas probabilidad de ganar que otros, pero por mas que sea seguro si lo haces con un baratero, lo mas seguro es que lo pierdas.[/quote:55f007dd87]
 
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jjfarias
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