si yo estoy en monterrey y quiero realizar una venta a una empresa que se encuentra en region fronteriza y esta quiere que le facture al 10% se puede hacer esto siempre y cuando se le envie por paqueteria este es un requisito que se aplica para que una region fronteriza facture al 15% para una venta a una `persona que se establezca en una region donde se facture al 15%
Definitivamente eso seria posible si tuvieras una sucursal en frontera,.....ya que a como lo planteas es una operacion entre 1 residente en region fronteriza y uno no recidente..cuando LIVA art. 2señala que debe ser entre residentes de dicha region (para efectos del 10%)
¿requisito? donde esta, digo el que mencionas de la paqueteria...
Ten cuidado Paez, el requisito para la tasa 10% es que el que enajena sea residente en la Región Fronteriza.
Por tanto, no hay fundamento legal que te permita facturar a esa tasa, a no ser que tengas un establecimiento en esa región y que la operación la realices desde ese establecimiento.
Sobre el comentario de BR1, les digo que la ley no establece que el acto sea entre residentes, sino que se haga por residentes, o sea el acto, que es la "enajenación" y no la "compra-venta", se haga por alguien que resida en esa ubicación.
Hay que facturar al 15%... pero además, eso no le afecta de fondo a tu cliente, pues ese IVA es acreditable.