02/May/06 13:03
Re: PTU
[quote:60b1f602e1="barretoasesoria"]SI UN EMPLEADO AL [color=red:60b1f602e1]31 DE DICIEMBRE DEL 2005 [/b:60b1f602e1][/color:60b1f602e1]TENIA UN SALARIO DIARIO DE 450.00 MN, PERO POR AJUSTES DE PERSONAL SE LE REDUJO EL SALARIO A 300.00 CON FECHA DE 14 DE FEBRERO DEL 2006.
QUE SALARIO SE TOMA PARA CALCULO DE LA PTU
GRACIAS[/quote:60b1f602e1]
La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La Segunda se repartirá en proporción al monto de los salaries devengados por el trabajo prestado [color=red:60b1f602e1][b:60b1f602e1]en el año.[/color:60b1f602e1]
DALE UNA VUELTA A
Art. 117 del Capítulo VIII, los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'