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27/Abr/06 11:13
Multa IMSS

Buen día, recibí dos multas por parte de IMSS por créditos que ya estan pagados.

1.- La primera es sobre un pago que realice de manera extemporánea y expontánea.

2.- La segunda es sobre un pago que me fue requerido y que ya se solvento en su momento.

Son procedentes ambas multas de acuerdo al art. 73 CFF?, si no es asi, que puedo hacer como empresa?.

Gracias.
 
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yeny
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27/Abr/06 14:39

hola yeny¡¡¡
LA PROPIA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN SU ARTICULO 304-C TEXTUALMENTE DICE
"NO SE IMPONDRAN MULTAS CUANDO SE CUMPLAN EN FORMA ESPONTANEA LAS OBLIGACIONES PATRONALES FUERA DE LOS PLAZOS SEÑALADOS POR LA LEY O CUANDO SE HAYA INCURRIDO EN INFRACCION POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. SE CONSIDERA QUE EL CUMPLIMIENTO NO ES ESPONTANEO EN CASO DE QUE:" ETC
TAMBIEN PUEDES RECURRIR AL ART 294 EL CUAL TE HABLA DE LOS MEDIOS DE DEFENSA.
ESPERO HABERTE AYUDADO
LILLIAN
 
no es el amor quien muere, somos nosotros mismos. en esa gran region donde el amor, angel terrible, esconde como acero en mi pecho su ala, sonriendo lleno de gracia aérea mientras crece el tormento. luis cernuda
 
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yllil
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27/Abr/06 14:46

YENY

CON RESPECTO DE LA MULTA DEL REQUERIMIENTO QUE EN SU MOMENTO SOLVENTASTE, PAGASTE LA MULTA POR EL REQUERIMIENTO, Y TE QUIEREN VOLVER A IMPONER OTRA?
 
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yllil
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27/Abr/06 18:03
Re: Multa IMSS

Yo te recomendaria que acudas a la Subdelegación con los pagos efectuados asi como la diligencia de embargo cirucnstanciada que te estan levantando con sus respectivas copias y asi ACLARAR antes que buscar IMPUGNAR.

En caso de que no te resuelvan nada o hagan caso omiso a lo que presentas, entonces si considera como una opción el Juicio de Nulidad ante el TFJFYA.

SUERTE
 
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jjfarias
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27/Abr/06 19:46
Re: Multa IMSS

Lillian en la segunda multa del credito requerido... pague el crédito cuando fue requerido con sus gtos de ejecución. y despues llegó la multa de la cual comento en este tópico.

Gracias por tu respuesta.
 
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yeny
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27/Abr/06 20:41
Re: Multa IMSS

:( Buenas noches. Gracias x la aportacion amigo Farias.... ¿Usted opina amigo Farias lo mismo que yo, de que la segunda multa es procedente...?

El Lic.
 
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pepesoto
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27/Abr/06 20:55

FARIAS Y PEPE SOTO, ENTONCES LA SEGUNDA MULTA SI ES PROCEDENTE NO HAY MANERA DE IMPUGNARLA?

GRACIAS POR SUS RESPUESTAS.
 
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yeny
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28/Abr/06 9:41
Re: Multa IMSS

Coincido con el Lic. Pepe, indubitablemente la segunda multa es del todo procedente, en virtud de que no se cumplio la espontaneidad a que hace referencia el Art. 304-C vertido aqui por Ylli, toda vez que ya existe un descubrimiento via requerimiento de pago en el sentido de que OMITISTE la obligación solicitada.

Ahora bien, por otro lado, en lo personal nunca he estado conforme con el procedimiento que utiliza el IMSS al aplicar sus atribuciones de cobro coactivo, esto es, practica la diligencia de embargo sin siquiera allegarse de los elementos necesarios para determinar la OMISION incurrida por el Patrón.

Inclusive se advierten legalidades muy claras y evidentes como la ausencia de fundamentación y motivación y sobre todo violación al principio de legalidad consagrada en nuestra Carta Magna.

Amen de que en muchos de los casos es notorio la falta de notificación conforme a las disposiciones legales.

Es factible su impugnación sin embargo considera el costo beneficio, es decir, cobros de honorarios por parte del Abogado, el plazo para la interposición del Juicio, la suspensión de la garantía, etc.

Lo anterior debes considerarlo y valorarlo.
 
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jjfarias
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28/Abr/06 10:20
Re: Multa IMSS

:| Buenos dias. Yeni, Puede pagar la multa antes de los 15 días hábiles y le harán el 20% de descuento automático o acudir al jefe de cobranza y con fundamento en la LSS-304-D, solicitar la condonacion...

El Lic.
 
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pepesoto
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